La jueza María Eugenia Capuchetti había archivado parcialmente la causa y el fiscal Sergio Rodríguez apeló esa decisión, que fue revertida por los camaristas
La Cámara Federal ordenó reabrir la investigación archivada del caso conocido como “Vacunatorio Vip”. No solo dispuso que la jueza María Eugenia Capuchetti debe profundizar sobre la responsabilidad de los funcionarios que habilitaron esa posibilidad sino también que debe investigar penalmente a todos los que recibieron esas vacunas dentro del ministerio de Salud y en el Hospital Posadas para esclarecer cómo y por qué llegaron a acceder a la aplicación anticipada de la vacuna contra el coronavirus. También ordenaron investigar las dosis que fueron destinadas a la ciudad santacruceña de El Calafate.
Los jueces Leopoldo Bruglia, Pablo Bertuzzi y Mariano Llorens hicieron lugar al planteo de la Procuraduría de Investigaciones Administrativas (PIA) para que parte de la investigación no quedara archivada y además validaron su legitimidad para actuar en la causa, pese a las protestas de las defensas. La resolución- a la que Infobae accedió a través de fuentes judiciales- estableció que el orden de prioridades para darse la vacuna no era simultáneo para personal de salud, mayores de 60 y personal estratégico. Y subrayó que, en ese momento, las vacunas eran “un bien escaso” que el Estado debía administrar.
“Será necesario indagar -siguiendo el esquema que la causa trazó tras la decisión aquí revisada- qué personas fueron vacunadas según los estándares impuestos por el Plan de Vacunación y quiénes se adelantaron por algún beneficio que les fue singular”, señala la resolución.
El fallo plantea que los que recibieron las vacunas podrían ser partícipes del delito que se investiga. “Máxime cuando se desconoce, además, en qué carácter fueron vacunados, si esa cualidad fue real o asignada al sólo efecto de burlar los requisitos del sistema de vacunación implementado y, en este caso, si esa ficción fue así declarada por el beneficiario o por quien tenía la labor de carga de los datos oficiales”, dijeron los camaristas.
En esa lista de vacunados VIP aparecen desde el presidente Alberto Fernández y sus colaboradores más cercanos hasta el Procurador del Tesoro Carlos Zannini y su esposa, el periodista Horacio Verbitsky, el ex presidente Eduardo Duhalde, su esposa Hilda “Chiche” González y las hijas de ambos, el ministro de Economía Martín Guzmán, el canciller Felipe Solá, el embajador en Brasil Daniel Scioli , el ministro de Defensa Jorge Taiana y el diputado Eduardo Valdés. También el x ministro de Salud Ginés González García y varios empresarios amigos suyos.
Muchos de ellos -el presidente incluido- fueron anotados como personal de salud, según los listados del Posadas. En la causa se explicó que la que lo anotó así fue una maestra del jardín de infantes del Posadas que en ese momento no estaba trabajando de eso porque no había clases.
A partir de la resolución de la Cámara, la jueza Capuchetti deberá profundizar la investigación sobre aquellos que permitieron que allegados al Gobierno y funcionarios se vacunaran contra el coronavirus sin respetar el turno tal como lo hizo el resto de los ciudadanos. La magistrada había entendido que no estaba claro el delito a investigar, más allá de los cuestionamientos éticos que aparejaba la existencia de una vacunatorio para amigos del poder.
En otra resolución paralela, la Cámara Federal hizo lugar al pedido de una asociación civil para convertirse en querellante. Se trata de la asociación civil Bases Republicanas, que lidera una ex funcionaria macrista Jimena De La Torre. De esta manera, la causa tendrá ahora el impulso de un acusador privado, más allá de las decisiones que pueda tomar el Ministerio Público. No es un dato menor si se tiene en cuenta que inicialmente el fiscal Eduardo Taiano no había apelado la resolución y la intervención del fiscal de Investigaciones Administrativas Sergio Rodríguez había sido cuestionada por las defensas.
“Teniendo en cuenta que los hechos y conductas que conforman el objeto de pesquisa podrían conculcar derechos colectivos fundamentales de la sociedad en general, resulta procedente la constitución como parte querellante de la incidentista, en los términos del art. 82 bis del Código Procesal Penal de la Nación, en tanto el objeto social de la organización que representa abarca la defensa y protección de dichas garantías”, dijo la resolución. “Corresponde revocar la resolución apelada y tener como parte querellante a la organización Bases Republicanas; ello sin perjuicio de que con el avance del proceso se fije un marco fáctico distinto y concreto, que desvanezca los requisitos exigidos por la norma citada y, en consecuencia, la calidad de parte acusadora otorgada”.
La causa se inició en febrero pasado. Fue luego de que -según consta en la resolución- el periodista Verbitsky contó en un programa de radio cómo había ido el día anterior a vacunarse al ministerio de Salud, tras un llamado al ex ministro González García. Aquellas declaraciones implicaron la apertura de la investigación penal para esclarecer si “personas que no cumplían con los criterios de prioridad epidemiológicos y el esquema de etapas previamente establecidos” fueron inoculadas en el Posadas, en el ministerio de Salud e incluso en sus domicilios particulares.
Los imputados en marzo pasado por el fiscal del caso Eduardo Taiano fueron el ex ministro González García y su sobrino y ex jefe de Gabinete del Ministerio de Salud, Lisandro Bonelli. También se imputó a a Alejandro Collia y Marcelo Guillé. Guillé fue secretario privado de González García y realizó llamados para convocar a los vacunados VIP al ministerio de Salud. En tanto, Collia, que era funcionario de González García, continúa -en la gestión de Carla Vizzotti- como subsecretario de Gestión de Servicios e Institutos del ministerio de Salud de la Nación.
El 8 de julio pasado, Capuchetti decidió archivar parcial del caso al afirmar que en el Código Penal “no existe un tipo penal que criminalice la conducta de un funcionario público que otorgue tratos especiales como el que es objeto en esta investigación”. Y entendió que las autoridades sanitarias establecieron un plan para vacunar contra el coronavirus que permitía una simultaneidad en la inoculación para los grupos prioritarios. Con ese argumento, la jueza había decidido archivar la investigación sobre 65 de las 70 personas que integraban la lista hecha por el gobierno de los que recibieron dosis de la Sputnik V cuando no había una convocatoria abierta.
“La indignación sobre la manera en que se desarrollan ciertos acontecimientos no implica necesaria y automáticamente que deba intervenir el derecho penal. Existen situaciones que no son de nuestro agrado y que repudiamos fuertemente pero no pueden, por sí solas, hacernos dejar de lado los limites de la función que tenemos y, en lo que hace a los jueces, no deben ser suficientes para que dejemos de lado principios constitucionales que operan en materia penal”, había dicho la jueza.
La resolución de Capuchetti no fue apelada por el fiscal Taiano. En cambio sí apeló la decisión el fiscal Sergio Rodríguez, que encabeza la PIA, la unidad de la Procuración General de la Nación especializada en casos de corrupción. La apelación de Rodríguez recibió el respaldo de José Luis Agüero Iturbe, fiscal ante la Cámara Federal quien también había solicitado que se profundice la investigación por el Vacunatorio VIP.
”Al momento de efectuarse las inoculaciones por fuera del programa oficial, según lo consideramos, aún existía parte del personal de salud a la espera de su turno para vacunarse”, había dicho Rodríguez. “Nos encontramos frente a una investigación donde producto de una incorrecta interpretación de la prueba colectada, la titular del Juzgado Nacional en lo Criminal y Correccional Federal número 5 arribó a una conclusión errada” dijeron Rodríguez y Agüero Iturbe en su dictamen conjunto. Y consideraron que se debía profundizar la investigación. Los camaristas les dieron la razón.
“Los actos de corrupción producen, entonces, una desproporcionalidad en el disfrute de los Derechos Económicos, Sociales, Culturales y Ambientales, que vulnera profundamente el derecho a la igualdad y no discriminación. En el caso bajo análisis, aparecería esta vulneración al generar una desproporción en el acceso a un bien escaso y valioso que da como resultado un privilegio ilegítimo, y el consecuente trato discriminatorio respecto a todos aquellos que se ven excluidos por la conducta, directa o indirectamente”, había sostenido Rodríguez.
Días antes del archivo que dictó Capuchetti y hoy revocó la Cámara, Rodríguez había presentado un dictamen con un listado de 385 vacunados que no figuraban como personal de salud y que habían sido inoculados en el Posadas sobre los cuales se debía profundizar la investigación. También había reiterado el pedido para que se realice un cruce telefónico entre los imputados. El fiscal Rodríguez había vuelto a solicitar que se analizaran correos electrónicos de los involucrados en la causa y promovió cruces telefónicos.
Evaluando el escenario, los camaristas declararon admisible la apelación de Rodríguez -que las defensas cuestionaron- y revocaron la resolución de Capuchetti, “encomendando a la jueza -sostuvo el fallo- el desarrollo de las medidas pertinentes para develar cada uno de esos interrogantes a fin de precisar la adecuada gravitación de los hechos y, de existir, el correcto deslinde de las consecuentes responsabilidades, teniendo también en consideración las medidas de prueba sugeridas por el Dr. Rodríguez”.
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