El juez Tomás Méndez Curutchet hizo lugar a la demanda y convocó a una audiencia al progenitor y a la mujer gestante.
Un juez provincial de Salta prohibió que una joven se haga en Salta una interrupción voluntaria del embarazo (IVE), práctica permitida por la ley nacional 27.610, aprobada en el Congreso el 30 de diciembre de 2020 y promulgada el 14 de enero de 2021. La Justicia local tomó esta decisión porque lo pidió el progenitor “en representación de su hijo o hija por nacer”.
El juez en lo Civil y Comercial de Primera Instancia Tomás Méndez Curutchet hizo lugar el lunes a la demanda del hombre, que presentó un recurso de amparo con el patrocinio de los abogados Santiago Cornejo Colombres, Sergio Federico Peñalba, Rafael Cornejo, Arturo Torino y Cristóbal Pereyra.
Ayer se emitió un memorándum del Ministerio de Salud a los responsables de todas las áreas operativas de la provincia para que den “estricto cumplimiento” a lo que dispuso el juez y que la mujer no acceda a la interrupción del embarazo en ningún hospital ni centro de salud de Salta.
El juez además convocó a las partes a una audiencia en la que pretende que, ante autoridades judiciales y los abogados, el hombre y la joven lleguen a una “conciliación” o acuerdo sobre la continuidad del embarazo que ella no desea llevar a cabo. La citación es para el 11 de junio.
“Resuelvo ordenar, bajo responsabilidad del peticionante y, previa contracautela, la medida de prohibición de innovar para que la Srta … y la Provincia de Salta se abstengan de realizar cualquier práctica que pudiera interrumpir el embarazo hasta que se dicte sentencia definitiva y la misma se encuentre firme”, señala la resolución firmada por Méndez Curutchet.
Si bien la medida dispone impedir la IVE hasta que se llegue a la determinación final, abogadas de organizaciones que trabajan en el tema señalan que los procesos judiciales, por lo general, demoran semanas y que eso puede derivar en que el aborto sea impracticable, ya que la ley solo lo habilita hasta la semana 14 del embarazo.
El amparo del progenitor es contra la joven y contra el Gobierno de la Provincia de Salta, al que busca obligar a no aplicar lo que estipula la ley 27.610 en ninguna dependencia del sistema sanitario.
El juzgado habría requerido además que la joven demandada y a la Provincia presenten información sobre el grado de avance que tiene el embarazo.
Antecedentes
La medida de la Justicia salteña replica el antecedente de la sanjuanina, que en los primeros días de mayo de 2021 le hizo lugar a un recurso de amparo presentado por un hombre para impedirle a su expareja que se realice un aborto.
En ese caso, la mujer estaba cursando un embarazo de 12 semanas cuando quien era su novio acudió a un abogado para frenar la práctica, amparada en la ley nacional IVE.
Fuentes judiciales consideran llamativa la decisión de la Justicia provincial porque el tema, regulado por una norma nacional, es de competencia de la Justicia Federal, que ya avaló el derecho de las mujeres a acceder al aborto en un fallo reciente.
El Juzgado Federal número dos de Salta rechazó en abril una demanda de inconstitucionalidad de la ley nacional 27.610, por la cual se legalizó el acceso a la interrupción voluntaria del embarazo en el país. En el fallo se consideró que el reclamo era abstracto y que “carecían de legitimación” quienes lo habían iniciado.
La acción contra la ley nacional que aprobó el Congreso había sido impulsada por los diputados provinciales Cristina Fiore y Andrés Suriani. Los legisladores habían invocado su interés en la cuestión en calidad de “ciudadanos” y pretendían una medida cautelar para que la norma quedara sin efecto. Ante este pedido, el Ministerio de Salud de la Nación había contestado que el reclamo era “improcedente” porque no había causa en controversia.
La ley y el protocolo
La ley nacional 27610 establece en su artículo cuatro que “las mujeres y personas con otras identidades de género con capacidad de gestar tienen derecho a decidir y acceder al aborto hasta la semana catorce (14), inclusive, del proceso gestacional”.
Fuera de ese plazo, la práctica solo puede realizarse en casos concretos, como cuando el embarazo es producto de una violación o pone en riesgo la vida de la mujer.
El 28 de mayo de 2021 el Ministerio de Salud de la Nación publicó el protocolo que deben seguir los hospitales y centros de salud de todo el país para garantizar que se cumpla con la norma. Se trata de una guía práctica destinada a los equipos médicos que aclara cómo deben llevarse adelante los procedimientos en cada caso.
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