En un procedimiento abreviado llevado a cabo en la Sala I del Tribunal de Juicio, Pedro Ariel Rolón, de 37 años, resultó condenado a la pena de tres años de prisión condicional por resultar autor penalmente responsable de los delitos de amenazas (dos hechos), lesiones leves agravadas por la relación de pareja y por el género, lesiones leves, amenazas con arma y desobediencia judicial (seis hechos), en concurso real.
El imputado fue denunciado por su ex pareja. En agosto del año pasado, la mujer expuso en la Comisaría Seccional 8 que desde hacía varios años sufrían con sus hijos maltrato físico, verbal y psicológico por parte del acusado. Dijo que no lo había denunciado antes porque él constantemente la amenazaba de muerte, con quitarse la vida o con hacerle falsas denuncias para quedarse con sus hijos.
La damnificada refirió que el 31 de agosto de ese año se encontraba en el inquilinato donde residía con el imputado y llegó él, ofuscado, y le exigió que se retirara del domicilio. Comenzaron a discutir y él le dio una patada en la boca. Entonces intervino su hija de 13 años y el imputado también la agredió físicamente. La menor corrió a pedir ayuda a los vecinos mientras el acusado le gritaba: “Juro que te voy a matar a palos pendeja de mierda…”. Luego se puso un cuchillo en el cuello y amenazó con quitarse la vida. Al advertir que la policía venía en camino, se retiró del inmueble.
Posteriormente, Rolón violó en reiteradas oportunidades la medida cautelar de prohibición de acercamiento a 200 metros de su pareja y de mantener contacto con ella y con su hija. La denunciante manifestó que el sujeto se dejó ver rondando su domicilio y le hizo llamadas desde el Servicio Penitenciario, cuando se encontraba detenido.
El juez Martín Pérez le impuso al acusado obligaciones que deberá cumplir durante tres años para mantener la condena condicional: realizar tratamiento psicológico (previo diagnóstico de un profesional) para controlar su agresividad y para superar su adicción a las drogas y al alcohol; someterse al Programa de intervención con agresores de violencia de género; prohibición de acercamiento y de establecer contacto por cualquier medio (verbal, telefónico, redes sociales, etc.) con la denunciante y con su grupo familiar; prohibición de ejercer actos de violencia física o psíquica en su contra y en contra de su grupo familiar; prohibición de realizar cualquier publicación o mención de la denunciante y su grupo familiar en redes sociales.
El juez dispuso además que al imputado se le coloque tobillera electrónica y que a la víctima se le provea de un dispositivo de rastreo mediante GPS, a fin de evitar que el imputado no se le acerque. Finalmente, ordenó que se le practique al condenado examen médico y extracción de material genético.
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