La fiscal penal de Derechos Humanos, Verónica Simesen de Bielke, requirió ante el Juzgado de Garantías 6, la elevación a juicio de la causa que tiene como imputados a tres efectivos policiales, acusados de los delitos de vejaciones calificadas por el uso de la violencia y lesiones leves, en concurso ideal y en calidad de coautores.
Las imputaciones recayeron sobre Camila Belén Orellana, de 24 años; Ángel Aníbal Correa, de 40; y Jesús Manuel Atienzo; de 39; con revista en la División de Seguridad Urbana de Metán.
Del requerimiento surgió que el domingo 10 de marzo de 2019, cerca de las 17 horas, el denunciante circulaba en moto por calle 9 de Julio, frente a la plaza de la Villa San José, de Metán, cuando fue adelantado por una camioneta de la fuerza, que luego se le cruzó.
Del móvil bajaron efectivos policiales, quienes advirtieron al denunciante que circulaba en contramano, a lo que el hombre contestó que “iba despacio”. Luego, le pidieron los papeles de la moto y el conductor respondió que “no tenía como llevarlos”.
En ese momento, llevaron al denunciante detrás de un automóvil estacionado sobre calle Urquiza y lo golpearon. La víctima sostuvo que uno de los efectivos le agarró los brazos, mientras otro lo golpeó, sin saber si fue con un palo o con los puños. La víctima fue agredida hasta que perdió el conocimiento y supo luego que fue trasladado a la Comisaría 30, a bordo de otro móvil.
El hecho fue corroborado con la declaración de una testigo, quien presenció el momento en el que los efectivos cruzaron al denunciante y luego lo aporrearon. El examen médico certificó “hematoma en el ojo izquierdo, herida cortante en parpado superior izquierdo de 3 centímetros, derrame conjuntival, hematoma bipalpebral izquierdo, hematoma en pómulo izquierdo, excoriaciones lineales en mejilla izquierda y dolor en mandíbula izquierda y región costal izquierda por golpe”. También le diagnosticaron disminución de agudeza visual del ojo izquierdo.
En sus fundamentos, la fiscal penal Verónica Simesen de Bielke, sostuvo que los imputados excedieron los límites impuestos por la Ley 7742, que autoriza a las fuerzas policiales a “hacer uso de la fuerza pública cuando fuere necesario”, pues las lesiones constatadas en la integridad física de la víctima permiten sostener que la conducta desplegada afectó los derechos del sujeto pasivo, que ha recaído en la concreta conculcación de su dignidad y la integridad personal.
Además, el sufrimiento infligido al momento de su detención, sin lugar a dudas configuró un trato denigratorio y humillante, que tuvo por fin mortificar a la víctima, lo que produjo un ataque a su dignidad como persona.
En tal sentido, huelga recalcar que la presencia del personal policial en un lugar en el que pueda existir la comisión de un hecho ilícito – en este caso una contravención – no puede agravar, mediante el uso de la violencia, la situación en desarrollo.
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