La estampida de las prepagas: el aumento de la cuota de julio será del 8,49%.
Es el aumento mensual más elevado desde que se implantó el sistema indexado. Así surge del Índice de Costos de la Superintendencia de Servicios de Salud.
El decreto 743/2022 que fijó los aumentos diferenciados (que debutaron en febrero) establece que el 90% del RIPTE actúa como tope para los que perciben menos de 6 Salarios Mínimos Vitales y Móviles (SMVM) con relación al Índice de Costos de Salud. A quienes ganan más de 6 SMVM se les aplica la suba del Índice de Costos.
Así, ese tope se aplicó en febrero, en marzo y en mayo, porque el Índice de Costos de Salud fue del 8,21%, 7,66% y 4,76% respectivamente, y a los que menos ganan se les aplicó el 4,91%, 5,04% y 3,43%.
En abril y en junio ese tope no se aplicó porque el Índice de Costos de Salud fue del 5,49 % y el 90% del RIPTE fue del 7,58%. Y en julio, tampoco se aplicará porque el Índice de Cosos de Salud es del 8,49% y el 90% del RIPTE fue del 8,78%.
Para realizar estos cálculos para el aumento de junio se toma el RIPTE de marzo que fue del 9,76%.
Con el aumento del 6,9% en enero y los 6 aumentos con el nuevo criterio, la suba acumulada en los primeros 7 meses del año llegará a 52,8%, para quienes se les aplica el índice de costos de salud. Para quienes perciben menos de 6 SMVM, la suba enero-julio será de 42,7%.
Los afiliados a las prepagas comenzarán a recibir desde este miércoles la notificación del incremento porque deben hacerlo con 30 dias de anticipación.
Declaración de ingresos
Aunque la suba del 8,49% se aplica a todos los afiliados por igual, los titulares de las prepagas deberán ingresar igualmente en la página de la Superintendencia de Salud para declarar si tienen ingresos netos inferiores o superiores a los 6 SMVM. ($ $ 507.072).
El Índice de Costos de Salud combina la evolución de los costos de los medicamentos (12,2%) de acuerdo a un listado que elabora el Ministerio de Salud, los insumos médicos (17,2%), los salarios fijados por las paritarias (52,4%) y los gastos generales (18,2%), que elabora la SSSalud.
Por su parte, las entidades de medicina prepaga y las obras sociales deberán incrementar los valores de las prestaciones médico-asistenciales brindadas a los beneficiarios de las prepagas y obras sociales por las clínicas, sanatorios y profesionales en al menos un 90% del aumento porcentual de sus ingresos según las cuotas percibidas.
En tanto, según los registros del INDEC, por la mayor informalidad y aumento de los costos de los planes de salud disminuyó la población que cuenta con la cobertura de una obra social o medicina privada.
Con los aumentos de junio (5,49%) y julio (8,49%), un plan familiar medio de un matrimonio con 2 hijos menores podrá rondar entre los $ 110.000 y los $ 150.000 mensuales.
Se estima que el sector (la suma de prepagas más Obras Sociales del Personal de Dirección) cuenta con 6 millones de beneficiarios (titular y grupo familiar) de los cuales un 20% son voluntarios o «directos puros») y el resto corresponde a trabajadores que derivan sus aportes a una obra social que tiene convenio con las prepagas.
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