Economía y Negocios

Revés a la medicina privadaPrepagas: cómo será la devolución del dinero cobrado de más en las cuotas durante los últimos meses

Es después de que el Gobierno ordenara dicha devolución de lo cobrado por encima de la inflación. La propuesta oficial es que ese reembolso se haga en cuotas durante siete meses consecutivos, entre junio y noviembre.

Frente a la impotencia del bolsillo derruido por la falta de una política salarial, cientos de afiliados a la medicina privada deben haber sentido alivio luego de que el Gobierno, por dos vías distintas, promoviera un freno a los aumentos de las prepagas. A esto se sumó que, si la Justicia lo avala, un número grande de entidades deberán reintegrarle a la gente el dinero que desde diciembre estuvieron cobrando por encima de la inflación. Acá, los detalles sobre cómo sería esa devolución y qué puede pasar si las empresas apelan la medida.

Las dos novedades de este miércoles son parecidas, pero no iguales. La primera fue una resolución del Gobierno basada en una denuncia que legisladores de la Coalición Cívica hicieron frente a la Comisión Nacional de Defensa de la Competencia. Esa dependencia investigó el asunto (precios abusivos y cartelización de un puñado de compañías) y decidió que siete entidades retrotraigan por seis meses (hasta octubre) sus cuotas al valor de diciembre. Como máximo les permiten aplicar aumentos en sintonía con el IPC, el Índice de Precios del Consumidor del INDEC.

Dicho de otro modo, significa que si uno en diciembre pagó 100 pesos la cuota de Galeno, Hospital Británico, Hospital Alemán, Medifé, Swiss Medical, Omint u Osde, el techo de la próxima factura deberá mantenerse en 190 pesos. O sea, 100 pesos, más la inflación acumulada entre el último mes de 2023 y marzo (último dato oficial de inflación disponible).

En cuanto a la segunda novedad, se trató de una medida cautelar de la Superintendencia de Servicios de Salud (SSS) contra, no 7 sino 16 prepagas que nuclean el 91% de los afiliados a la medicina privada de Argentina. Al igual que en la denuncia de la Coalición Cívica, el eje fue la presunción de conductas comerciales «abusivas», luego de que el decretazo 70/2023 liberara los precios del sector.

Sin embargo, las medidas tienen sus diferencias. El pedido de la “Súper” no solo no apunta a las mismas entidades (entre las 7 y las 16 en uno y otro caso solo hay 5 en común) sino que, mientras la resolución del Ejecutivo ordenó acomodar las cuotas -a los valores comentados- por seis meses, el amparo de la Superintendencia apunta a la devolución retroactiva (o sea, todo lo cobrado por encima de la inflación desde diciembre), pero no dice nada sobre lo que debería pasar con las cuotas de acá en más.

La Justicia deben decidir finalmente si acepta la sugerencia de la Superintendencia sobre cómo hacer la devolución. Foto: Luciano ThiebergerLa Justicia deben decidir finalmente si acepta la sugerencia de la Superintendencia sobre cómo hacer la devolución. Foto: Luciano Thieberger

Así, la Súper sienta un precedente en tono admonitorio. Como si el Gobierno le estuviera diciendo a las empresas, “devuelvan lo que cobraron de más hasta ahora”, al tiempo que sugiere: “En el futuro, son libres de cobrar lo que quieran. Pero, ojo, estamos mirando y vamos a pedir otra cautelar si se pasan de la raya”.

Le toca al Juzgado Civil y Comercial Federal Nº8 decidir si le hace lugar o no al amparo, tramitado vía una medida cautelar. Mientras tanto, dos cosas se pueden esperar de esa decisión.

La primera es que, por la naturaleza de este tipo de recursos y tomando en cuenta que en el texto presentado ante la Justicia, la Súper solicita celeridad y urgencia varias veces, es lógico que la resolución salga rápidamente.

La segunda es que, en línea con lo que vino pasando con distintos amparos colectivos, hay bastantes chances de que se le haga lugar a la medida y las empresas, en efecto, deban devolver lo que estuvieron cobrando por encima de la inflación.

¿Cómo se haría la devolución?

Cuotas de las prepagas y un anexo secreto de la Superintendencia

La cautelar de la Superintendencia incluye un documento anexo donde se esboza una propuesta sobre cómo concretar la devolución del dinero. Es solo una sugerencia, que por supuesto, como toda la medida, depende de la disposición de la Justicia.

El anexo no fue difundido por la Superintendencia, pero fuentes del Gobierno le explicaron a Clarín qué dice el texto. Aclararon que la diferencia entre el IPC de estos meses y lo que estuvieron cobrando las prepagas prácticamente llega al 70%. La propuesta, entonces, fue una devolución «en cómodas cuotas».

Siete meses consecutivos de devolución, en cuotas de 9,68% cada una. Arrancaría en junio y seguiría hasta fin de año.

En cuanto a cómo impactaría en lo que paga el afiliado, hay que recordar lo dicho arriba: la cautelar no le pidió a la Justicia que obligue a las empresas a mantener sus cuotas futuras acorde a ningún índice.

Mientras se empieza a hablar de un «control de precios encubierto” (lo opuesto a la impronta libertaria), se deduce que si la Súper no hizo ningún planteo a futuro, es precisamente para no quedar en una posición complicada (o más bien, contradictoria). Así, en respeto al decreto 70, les deja la puerta de la libertad para fijar sus precios, pero, según se sugiere desde el Gobierno, con ese aire de «estamos mirando que no se zarpen».

Entonces, si en un junio las empresas deciden aumentar un 10%, dado que deberían devolver 9,68%, el aumento de la cuota quedaría en 0,32%. Ahora bien, si la inflación baja muchísimo y las compañías se alinean con el IPC para evitar más cautelares, la cuota podría “deflacionar” y que quede una diferencia mensual a favor del afiliado, quizás para utilizar en la cuota del mes siguiente.

Frente a la nada misma, la devolución de dinero cobrado de más es una medida positiva. Sin embargo, en un país con tanta inflación, el dinero que los afiliados no paguen «mañana» tendrá un valor muy inferior al que hubiera tenido de no haberlo pagado «ayer». En el Gobierno no descartan que la Justicia determine un ajuste por inflación para las devoluciones.

Sobreprecios en las cuotas de la medicina prepaga

Todo suena bien, pero es lógico asumir que las entidades incluidas en el amparo no se quedarán en el molde.

Son OSDE, Swiss Medical, Medicus, Omint, Galeno, Medifé, Hospital Italiano, Obra Social Luis Pasteur, Hominis, Medicina Esencial, Asociación Mutual del Personal Jerárquico de Bancos Oficiales Nacionales, Obra Social Unión Personal Civil de la Nación, Mutual Federada 25 de Junio, ACA Salud, Sancor Salud y Prevención Salud. En comparación a las siete obligadas por el Gobierno a recalcular las cuotas, faltan de esta lista los planes de salud de los hospitales Alemán y Británico.

Una pregunta que hay que hacerse es qué pasa si el juzgado le hace lugar al amparo, pero las entidades apelan y la cuestión pasa a dirimirse en el tribunal inmediatamente superior, la Cámara Nacional en lo Civil y Comercial Federal.
Juan Bautista Torres López, abogado experto en salud y en derechos humanos (además de periodista), lo explicó: “El amparo se pide con una medida cautelar y lo que pretende es adelantar el efecto de lo que se quiere lograr con el amparo, que en sí es una acción cuya resolución puede demorar un año, dos o más. La medida cautelar en general acelera los tiempos”.

Si la Justicia le hace lugar a la medida, “puede concederla con efecto suspensivo o devolutivo”, aclaró Torres López.

Si la contraparte apela y el efecto de la medida es suspensivo, “lo que determine el magistrado no se puede ejecutar hasta tanto lo ratifique o modifique la Cámara”. En cambio, “si es con efecto devolutivo, se puede empezar a ejecutar, sin perjuicio de lo que diga la Cámara”.

El abogado aclaró lo que se estila en estos casos: “En amparos de temas de salud que tramitan en el fuero Civil y Comercial Federal, lo usual es que los amparos se concedan con efecto devolutivo. O sea que la devolución de dinero se empezaría a ejecutar apenas el juez defina la cuestión”.

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