Fueron detenidos el último martes tras allanamientos en barrio Parque Belgrano y en Tartagal. La jueza interina de Garantías 5, Ada Zunino, controló la legalidad de las detenciones.
Después del control de legalidad de los detenidos, la fiscalía los acusó provisoriamente de homicidio calificado por alevosía, ensañamiento, criminis causa, por el concurso predeterminado de dos o más personas y femicidio.
Este miércoles se realizó el control de legalidad de la detención de los tres hermanos detenidos en los allanamientos realizados en barrio Parque Belgrano y en Tartagal. Dos fueron detenidos en esta Capital y uno en la ciudad norteña.
Los detenidos fueron acusados provisoriamente por el crimen de Jimena Salas en la localidad de Vaqueros en el año 2017. El cotejo de ADN encontrado en la escena del crimen y el de los nuevos sospechosos, será determinante para esclarecer el hecho.
Fue la jueza interina de Garantías 5, Ada Zunino, quién controló la legalidad de la detención de dos nuevos acusados y el juez de Garantías 1 de Tartagal, Nelso Aramayo, controló la legalidad de un tercer detenido, hermano de los otros acusados.
Los hermanos fueron detenidos a raíz de los allanamientos ordenados por la jueza Zunino, que habían sido solicitados por el Ministerio Público Fiscal, ante los indicios obtenidos en una nueva línea de investigación. Ahora, se decretó la reserva total de las actuaciones para no entorpecer la causa.
El hecho sucedió el 27 de enero de 2017. Ese día se recibió una alerta telefónica al servicio de Emergencias 911 por parte de quien posteriormente sería identificado como Nicolás Cajal. El hombre informó que cuando llegó a su domicilio, ubicado en la localidad de Vaqueros, encontró el cuerpo sin vida de su pareja, Jimena Salas, en el sector de la cocina – comedor. El cuerpo de la mujer presentaba signos de violencia provocados mediante el uso de arma blanca.
Como se recordará, Sergio Horacio Vargas, alias “Porteño”, fue absuelto por los jueces de la Sala VII del Tribunal de Juicio, quienes hicieron aplicación del principio de la duda (“in dubio pro reo”) del delito de homicidio cuádruplemente calificado por ser cometido con ensañamiento, alevosía, criminis causa y violencia de género, en calidad de partícipe secundario. Nicolás Federico Cajal Gauffín, por su parte, también fue absuelto por aplicación del beneficio de la duda del delito de encubrimiento agravado, en calidad de autor.
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