El sistema previsional es financiado en un 40% por impuestos y transferencias del Tesoro. Por qué se complica su sustentabilidad futura
Detrás de la discusión sobre el método para efectuar el incremento de haberes del sistema previsional, está el debate postergado sobre la sustentabilidad financiera del sistema, que no puede solventarse solo con los aportes salariales, según informó Infobae.
Un informe del Instituto para el Desarrollo Social Argentino (IDESA) refirió que «el 60%del sistema de seguridad social se financia con aportes y contribuciones sobre los salarios, mientras que el 40% restante se financia con impuestos asignados al régimen previsional y transferencias del Tesoro nacional».
Según datos de los Ministerios de Hacienda y Trabajo, en el año 2017 se habrán pagado 6,8 millones de prestaciones previsionales por mes, las que habrán demandado más del 40% del gasto público total nacional.
«Estos datos señalan que el sistema previsional está muy lejos de ser sustentable solo con los aportes salariales. No solo necesita de la derivación automática de impuestossino que ante la insuficiencia de ellos hay que apelar al auxilio del Tesoro nacional», explicó el análisis de IDESA.
Para los analistas del Instituto Argentino de Análisis Fiscal (IARAF), el cambio de metodología planteado en la reforma de Cambiemos «es crucial para enfrentar el problema de déficit que presenta el sistema previsional argentino, dado que bajo el actual régimen, el otorgamiento de aumentos no se condice con la disponibilidad de recursos previsionales para su financiamiento».
En este sentido, el efecto financiero de la reforma previsional habilitaría al Ejecutivo Nacional a cumplir la meta fiscal establecida para el ejercicio de 2018.
Según datos del CIFRA (Centro de Investigación y Formación de la República Argentina) de la CTA, en 2018 el total de jubilaciones y pensiones tendrá una merma total de entre $65.000 millones y $75.000 millones respecto de lo que se gastaría con la fórmula de movilidad de 2009. A este monto debe adicionarse el que resulta del ajuste por el cambio de fórmula sobre asignaciones familiares contributivas y asignación universal por hijo (AUH).
«Si se tratase de proteger los ingresos de los jubilados y ponerles un piso para evitar caídas reales en escenarios negativos bastaría con establecer como condición un piso de incremento jubilatorio basado en el IPC u otro índice que refleje más adecuadamente el consumo de los hogares de los jubilados y pensionados. Pero la fórmula propuesta no establece un piso sino que se aplica también como un techo», criticó el reporte del Centro CIFRA.
Pero Hernán Hirsch, de FyE Consult, advirtió que «desde el plano de la sustentabilidad económica-financiera», la fórmula de movilidad de 2009 «hizo que el gasto previsional y social creciera a un ritmo de 0,5% del PBI promedio anual entre 2009 y 2017″ y que de mantenerse, «en el corto plazo se le haría extremadamente difícil al Gobierno cumplir con la meta de reducción del déficit primario de 4,2% a 3,2% del PBI entre 2017 y 2018″.
Para Hirsch, el esfuerzo fiscal sin reforma previsional demandaría «un ‘tarifazo épico’, muchísimo mayor al previsto para 2018, difícil de hacer sustentable en términos políticos y sociales», mientras que en el mediano y largo plazo, «las cuentas fiscales se tornarían insostenibles. El gasto previsional y social treparía de 9,8% al 12,3% entre 2017 y 2022″.
LA INCIDENCIA DEL BONO DE COMPENSACIÓN
Un estudio de la Universidad Nacional de Avellaneda (UNDAV) estimó que «la transferencia positiva de recursos a los jubilados y perceptores de la AUH, por la aplicación del pago único de marzo, se cuantifica entre $3.690 millones y $3.920 millones».
Este monto cercano a los $4.000 millones «contrasta fuertemente con la detracción global de recursos, producto del cambio de fórmula de ajuste. En términos agregados, la transferencia ‘compensadora’ por el bono representa aproximadamente un 4,22% de los $90.000 millones en concepto de recursos del sistema de seguridad social que se pretende ajustar», detalló la UNDAV.
Jorge Albertsen, decano de la Facultad de Derecho de la Universidad Austral, recordó que en los últimos años «la cobertura se amplió en su cantidad de beneficiarios, provenientes de las moratorias y planes de regularización, generando una mayor inestabilidad en la gestión de los recursos por la exigencia masiva de prestaciones. En suma, el régimen previsional extendió su ámbito personal de protección social pero al mismo tiempo profundizó su desequilibrio».
«Nada de esto es desconocido por los legisladores, como tampoco es desconocida la conexión que tiene el sistema con los recursos fiscales que deben atender diversas necesidades, incluyendo las de la Nación y las de los gobiernos provinciales», añadió Albertsen.
CONSTITUCIONALIDAD DE LA MOVILIDAD
Si bien hubo legisladores y analistas económicos que denunciaron la inconstitucionalidad del cambio de fórmula de cálculo de los haberes dispuesto en el proyecto oficial, este cambio es a la vez consecuencia del cuestionamiento judicial de la normativa anterior, que ponía en jaque el esquema de movilidad establecido a partir de 2009.
«Uno de los factores que potenció la vulnerabilidad es la creciente presión de las provincias cuestionando la constitucionalidad de usar impuestos coparticipables para financiar a la ANSeS. El caso más avanzado, pero no el único, es el fallo de la Corte disponiendo la suspensión de la asignación del 15% de la masa coparticipable a la seguridad social», apuntó IDESA.
Jorge Albertsen, de la Universidad Austral, explicó que «desde la reforma constitucional de 1957, que receptó el concepto de movilidad en el artículo 14 bis, las cajas y organismos previsionales han vivido una sucesión de crisis y recomposición de sus fondos, en la búsqueda de un equilibrio que les permita cumplir con dicha garantía. El sistema, de manera integral, fue sometido a una importante transformación con la llegada de los fondos privados de capitalización (AFJP), que sucumbieron a la captación forzada de buena parte de sus inversiones por el Estado y a la crisis general del año 2001».
«Después de ello, la movilidad del haber previsional siguió constituyendo una cuenta pendiente, conforme lo señalara la Corte Suprema de Justicia de la Nación, que se pretendió saldar con la re-estatización del sistema y la configuración de la fórmula de actualización que ahora está en proceso de cambio», abundó Albertsen.
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