Política

Mediante una conferenciaLa titular de la agencia que monitorea el índice de transparencia se despegó de la norma que limitó el acceso a la información pública

Beatriz de Anchorena aseguró que el organismo que dirige “no redactó, no impulsó y no avaló” el decreto 780 que estableció que deben preservarse los datos del ámbito “privado” de los funcionarios; el caso de los perros de Milei que motivó los cambios.

La titular de la Agencia de Acceso a la Información Pública (AAIP), Beatriz de Anchorena, se desligó hoy de la modificación que el Poder Ejecutivo decretó en septiembre, cuando fijó nuevos límites a los datos que pueden ser solicitados a través de este mecanismo. La funcionaria que designó el expresidente Alberto Fernándeztambién mostró preocupación por el cambio ejecutado y repasó los “riesgos” de la medida.

“La Agencia no redactó, no impulsó y no avaló el decreto 780/2024 y esto se puede ver claramente en el expediente. No tuvimos una intervención formal ni tampoco participamos de reuniones ni de mesas de trabajo”, aseguró De Anchorena durante su exposición frente a los diputados miembros de la Comisión de Asuntos Constitucionales, que se reunió este mediodía para evaluar la medida que hace un mes ejecutó el Presidente. Distintos sectores de la oposición, inclusive el Pro, cuestionaron la decisión de Javier Milei y solicitaron a la Casa Rosada que la revea.

La legisladora Pro, Silvana Giudici, retrucó la declaración de la funcionaria y subraayó: “El origen de las restricciones al acceso a la información pública establecidas por el Decreto 780 se encuentra en la Resolución 80/24, emitida por la propia directora de la AAIP, Beatriz Anchorena. No puede ahora desconocer su responsabilidad en la elaboración de esa norma”.

El decreto 780/2024 estableció que el Estado no está obligado a dar los datos que “por su propia naturaleza” hacen “al ámbito privado del funcionario o magistrado, especialmente cuando la solicitud pretende ingresar a una esfera típicamente doméstica”. Se trata de una categoría no prevista en la norma que regula el proceso, donde se establece expresamente que “se presume pública toda información que generen, obtengan, transformen, controlen o custodien” los funcionarios y que las “únicas limitaciones y excepciones” son las que que prevé la propia ley.

Sobre el cambio en la redacción de lo que es y no es información pública, la titular de la AAIP expresó “preocupación”. “La ley define dicha noción de manera positiva en tanto que el decreto lo hace de manera negativa. Al definir por la negativa, el decreto limita el concepto y no su aplicación, introduciendo las dimensiones de privacidad e interes público”, consideró.

De Anchorena sumó: “No conozco casos de otros países que lo hagan así, estableciendo lo que no es información publica. Existen las excepciones, pero en virtud de las consecuencias que proporcionar dicha información puede tener sobre distintos ámbitos, como el secreto bancario o la defensa nacional”.

Por eso, De Anchorena señaló a los miembros de la Comisión de Asuntos Constitucionales que la Dirección de Contenido y Normativa de la AAIP “redactó comentarios sobre los puntos críticos del decreto a la espera de ser convocados a una mesa de dialogo, pero no fue posible una reunión”.

La funcionaria indicó que solo se coordinó “un breve intercambio acotado entre equipos técnicos” con el fin de aportar cambios. Sin embargo, destacó que la premura del Poder Ejecutivo por publicar la norma frustró la puesta en común de un texto consensuado. “El decreto debía ser firmado ese mismo día”, recordó. “Nos enteramos por el Boletín Oficial de la publicación del decreto y ese mismo día teníamos programada una reunión con agencias”, lamentó.

En otro tramo de su exposición, que duró poco más de media hora, repasó los “riesgos” de las modificaciones introducidas e hizo hincapié en una a la que consideró “fundamental subsanar”. “Se abre la posibilidad de denegar información de forma previa a la aplicación del procedimiento del artículo 13. Es decir que si una institución considera que la información solicitada es de carácter privado, ni siquiera recorre los pasos establecidos en la propia ley para una denegatoria”, explicó.

Fuente: La Nación

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