Declara la emergencia previsional. Qué pasará con los haberes que superen la mínima.
El megaproyecto de ley que el Gobierno envió al Congreso suspende la movilidad previsional, autoriza al Poder Ejecutivo a establecer una fórmula de ajuste de las jubilaciones y pensiones y a otorgar en forma discrecional “aumentos periódicos atendiendo prioritariamente a los beneficiarios de más bajos ingresos”.
Asi figura en el proyecto de ley que, entre otros rubros, declara la Emergencia Previsional, estableciendo una delegación de facultades del Congreso al Ejecutivo en materia previsional, entre otros temas.
En el cuestionado DNU 70/2023 ya estaba declarada la Emergencia previsional hasta el 31 de diciembre de 2025. En el megaproyecto de ley establece que dicho plazo podrá ser prorrogado por el Poder Ejecutivo nacional por otros 2 años más. Y deja abierta la posibilidad de que el Gobierno introduzca otros cambios o reformas más amplias en base a la delegación de facultades que el Congreso está haciendo en favor del Ejecutivo, e incluso «se aplicarán a todas aquellas disposiciones que se dicten posteriormente y hagan referencia expresa a la emergencia pública que se declara».
Se descuenta que al suspender la fórmula de movilidad, también los aumentos de esas Prestaciones serían por decreto del Poder Ejecutivo. El megaproyecto no fija con qué criterios y periodicidad se otorgarán esos aumentos por decreto y si deben ser superiores a los que resultarían de la movilidad suspendida.
El proyecto deja en manos del Ejecutivo aprobar una nueva fórmula de movilidad sin pasar por el Congreso. Hasta ahora, por ejemplo, las fórmulas de movilidad, como la vigente durante el gobierno CFK, MM y AF fueron discutidas y aprobadas por el Congreso Nacional. Y en relación a los aumentos que pudiera otorgar el Gobierno, el proyecto excluye en principio a los jubilados y pensionados de haberes más altos porque fija que «prioritariamente a los beneficiarios de más bajos ingresos”. como se vino aplicando durante el anterior Gobierno de AF y que fueron muy criticadas por las asociaciones de jubilados, de abogados previsionalistas y por la oposición.
Los jubilados y pensionados del sistema previsional nacional suman casi 6 millones. El 40% de los beneficiarios/as del SIPA tenía haberes iguales o menores a un haber mínimo. Otro 23% entre una y dos mínimas y el 37% restante, concentró haberes iguales o mayores a dos haberes mínimos. El haber mínimo a diciembre es de $ 105.713 brutos ( sin bonos). La Pensión Universal para el Adulto Mayor (PUAM) $ 84.570. Y el haber medio de $ 174.731.
La fórmulas de movilidad de Mauricio Macri y Alberto Fernández arrojaron aumentos muy inferiores a la inflación. Así la pérdida del poder adquisitivo de jubilados desde septiembre 2017 hasta diciembre 2023 es de 40%, con una pérdida menor para los de haberes mínimos por los bonos que recibieron durante el Gobierno de AF ( el último de $ 55.000 que cobraron en diciembre).
Al tomar como referencia variables ( como salarios, recaudación) de meses anteriores, en un contexto de inflación creciente, la movilidad resulta perdedora frente al avance de los precios. En cambio, si la inflación desciende, los ingresos de los jubilados se recuperan porque los indicen anteriores serían más altos que la suba de los precios presentes. La suspensión indefinida de la fórmula de movilidad apunta al segundo escenario y a dexindexar las prestaciones sociales.
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