Judiciales

Co.SA.ySaJarsún no cumplió y Aguas del Norte fue multada con $500 mil diarios por no cumplir con el Plan de saneamiento del río Arenales

Crecen los cuestionamientos a la gestión de Ignacio Jarsún, Presidente de Aguas del Norte

Por pedido del fiscal en lo Civil, Comercial, del Trabajo y en lo Contencioso Administrativo 1, Rodrigo Erazo Schmidt, los fondos serán destinados a dar cumplimiento al Plan y en favor de todos sus potenciales damnificados.

La jueza de Minas María Victoria Mosmann impuso el pago de astreintes (multa) de 500.000 pesos diarios al presidente de Co.SA.ySa, Ignacio Jarsún, por el incumplimiento del Plan de Acción para el saneamiento del río Arenales en la causa “Mercado, Amelia Emilia y otros c/ Provincia De Salta; Municipalidad De La Ciudad De Salta s/ Ejecución de Sentencia”.

La medida se mantendrá mientras dure el incumplimiento “de la orden dispuesta por Juzgado de Garantías de cesar de modo inmediato el vertido de fluidos cloacales sin tratamiento adecuado en el Río Arenales, y presentar un plan de contingencia urgente para suprimir o disminuir el vuelco de fluidos cloacales sin tratamiento adecuado, mientras dure el incumplimiento”.

Además, la jueza Mosmann estableció que dichos fondos deberán ser depositados en una cuenta judicial e hizo lugar al pedido del fiscal en lo Civil, Comercial, del Trabajo y en lo Contencioso Administrativo 1, Rodrigo Erazo Schmidt, para que el dinero sea destinado a las obras que se deban realizar a fin de dar cumplimiento a la sentencia que así lo ordena y en favor de todos sus potenciales damnificados.

La jueza de Minas tomó la determinación luego de que en la audiencia del 9 de febrero pasado, el fiscal Erazo Schmidt, señalara que, lo realizado hasta el momento por Co.SA.ySa resultaba insuficiente y que, desde la compañía de agua manifestaran que “no tienen una propuesta superadora para terminar o disminuir el vuelco de crudo y que en principio la imposibilidad es de carácter económico pero que desconocen técnicamente si habría otra solución”.

Ante la consulta del Fiscal sobre la utilización de precoladores en la Planta Depuradora Sur, los representantes de Co.SA.ySa expresaron que, de 8.000 m3 que ingresan a la planta por hora, sólo se da tratamiento a 5.000 m3. Los restantes 3.000 m3 salen por un by pass sin ser tratados por la planta.

En la misma audiencia, surgió que las otras demandadas (Municipalidad de Salta y Provincia de Salta), desplegaron distintas actividades tendientes a dar cumplimiento a lo ordenado en diciembre de 2023 por el Juzgado de Minas, tales como campaña de difusión para prevenir la infección por salmonelosis y plan de monitoreo del rio Arenales, Resolución del Ente Regulador de Servicios Públicos de prohibición de volcamiento en el Río Arenales, entre otras.

Por su parte, el Ente Regulador de Servicios Públicos reiteró a la empresa la necesidad de evaluar alternativas técnicas de desinfección y/o cualquier otra acción que permita mitigar el impacto ambiental negativo de la descarga de la Planta Depuradora Sur al rio Arenales.

Tras una nueva audiencia, celebrada el 1 de marzo, en la que las demandas expusieron diversos cursos de acción abordados, a excepción de Co.SA.ySa que manifestó que “la obra de ampliación de la planta de tratamiento se encuentra paralizada o reducida al mínimo por falta de financiación nacional”, la jueza Mosman emitió sentencia el 11 de marzo, estableciendo el pago de una multa diaria, aplicable al presidente de Co.SA.ySa por considerarlo responsable de la falta de cumplimiento a lo ordenado.

Cabe recordar que, en diciembre pasado, el Ministerio Público Fiscal había solicitado una audiencia con carácter de urgente por la contaminación en el Río Arenales. Como resultado de ello, el 22 de diciembre, el juez de Garantías 2, Ignacio Colombo, había intimó a Co.SA.ySa a que dé estricto cumplimiento a lo ordenado oportunamente en la sentencia del amparo; es decir el cese inmediato del vertido de fluidos cloacales sin tratamiento adecuado en el Río Arenales.

Además, le había ordenado la presentación, en un plazo de 48 horas hábiles, de Plan de Contingencia Urgente para atenuar o suprimir los efectos nocivos del vuelco de deshechos cloacales en el río Arenales.

 

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