Policiales

Villa Gesell¿Hubo un rugbier N° 11 en el crimen de Fernando Báez Sosa?

Es un joven que aparece en las filmaciones cuando los acusados se abrazan tras el ataque. No está imputado, pero buscan identificarlo.

Su figura aparece en las filmaciones de las cámaras de seguridad cuando los rugbiers dejan la escena del crimen en Villa Gesell y se abrazan. La querella interpreta que se trata de un «festejo» tras el homicidio a golpes de Fernando Báez Sosa (18), afuera del boliche Le Brique.

Fuentes del caso dijeron a Clarín que la fiscal Verónica Zamboni analiza ese video para identificarlo y determinar si cabe imputar no por el asesinato al llamado «rugbier N° 11».

Tampoco descartan que haya algún otro arresto, por estas horas, en la investigación por el brutal hecho ocurrido en la madrugada del 18 de enero.

En el requerimiento de prisión preventiva, Zamboni señala que en el grupo de WhatsApp donde se comunicaban los rugbiers, bajo el nombre «Los del Boca 3«, hay un “NN Santino” que en el chat figura como «Salvi» y que, según detalló en su escrito, no se trataría de ninguno de los imputados.

La imagen del joven no identificado pertenece al video en el que los rugbiers pasan delante del restaurante Ciprianny, en la vereda de enfrente a Le Brique, en la esquina de las avenidas 3 y Buenos Aires, tras el crimen.

Este jueves, en Villa Gesell, habrá una audiencia preliminar, oral y pública ante el juez de Garantías David Mancinelli. Además de la fiscal y de la defensa a cargo de Hugo Tomei, estarán los abogados que representan a los papás de la víctima, del estudio de Fernando Burlando.

Allí, el magistrado resolverá el pedido de las prisiones preventivas que formuló este lunes la fiscal Zamboni para ocho de los acusados.

Máximo Thomsen (20) y Ciro Pertossi (19) fueron considerados «coautores» de «homicidio agravado por el concurso premeditado de dos o más personas«. En tanto, Luciano (18) y Lucas Pertossi (18), Enzo Comelli (19), Matías Benicelli (20), Blas Cinalli (18) y Ayrton Viollaz (20), como «partícipes necesarios».

Alejo Milanesi (20) y Juan Pedro Guarino (19) también figuran con esta última calificación penal, aunque fueron liberados el lunes a la tarde debido a que para la fiscal las pruebas no son suficientes como para mantenerlos presos.

No obstante, Burlando y su equipo van a pedir que vuelvan a la cárcel. Los ocho detenidos permanecen alojados en la Unidad Penal 6 de Dolores desde el 29 de enero.

Este jueves, los ocho rugbiers abandonarán la celda colectiva que ocupan en Dolores para asistir a una audiencia donde podrán oír, uno a uno, los argumentos con los que la fiscal Zamboni sustenta el pedido de prisión preventiva para ellos.

También escucharán los cuestionamientos que tenga para decir el abogado que los defiende, que va por el arresto domiciliario. El traslado de los imputados «ya está dispuesto», confió a Clarín una fuente judicial.

 

Aunque así sea, los imputados bien pueden negarse a asistir y ser representados por su abogado, Hugo Tomei en este caso, quien, según fuentes citadas por Télam, analiza solicitar una morigeración de la prisión preventiva en caso de que sea confirmada. Su idea es que se les conceda el arresto domiciliario mientras se tramita el proceso en su contra.

Del otro lado, los abogados de la familia de Báez Sosa manifestará sus disidencias con la decisión de la fiscalía, que ordenó liberar a Milanesi y Guarino, puestos en libertad el lunes, aunque continúan ligados al proceso con la misma imputación, «partícipes necesarios» del homicidio agravado.

Según el abogado Fabián Améndola, si bien ellos no fueron señalados como quienes golpearon a Fernando o a sus amigos, «estaban ahí, en la escena, por lo que tuvieron participación»

El objetivo es que las partes desarrollen sus argumentos para que el juez defina si dicta las prisiones preventivas. Los acusados pueden hablar, con lo que el juez tendría una primera impresión de ellos, no más, pues de momento no declararon en la causa.

El alcance de la audiencia lo establece el artículo 168 bis del Código Procesal Penal de la Provincia de Buenos Aires. «Antes de resolver el dictado de la prisión preventiva, su morigeración, la imposición de alternativas a ésta, la internación provisional del imputado, o la caducidad o cese de cualquiera de ellas, a pedido de parte interesada o por propia decisión, el juez de Garantías fijará audiencia, debiendo notificarse con 48 horas de anticipación», dice el primer párrafo de la norma.

Indica además que «en la misma serán oídos el fiscal, el particular damnificado si lo hubiere, la defensa, y el imputado si se hallare presente, en ese orden, durante un tiempo máximo de quince minutos. Las intervenciones deberán dirigirse a fundamentar la procedencia o improcedencia de la medida a dictarse».

Los muchachos de Zárate, que ya estaban enterados que Fernando había muerto («Caducó», escribió uno de ellos en el grupo de WhatsApp que compartían), se habían ido a dormir esa madrugada del 18 de enero. «Tenían plena conciencia y conocimiento de que habían causado la muerte de Fernando», sostuvo la fiscal.

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