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Fallo judicialEstablecen que una cuota alimentaria aumente en proporción al incremento del sueldo del padre

Lo dispuso la Sala F de la Cámara Civil. Lo hizo al resolver los recursos de apelación contra un fallo que ordenaba ajustar las cuotas por inflación.

Se separaron en 2004 e hicieron un acuerdo sobre la cuota alimentaria que el padre debía pasar para la hija que tienen en común. Eran 380 pesos por mes, más cobertura médica. A medida que el convenio iba quedado atrasado por la inflación, lo fueron actualizado; pero llegó un punto en que no lograron ponerse de acuerdo en cómo ajustar el monto. Fueron a la Justicia, pero ninguno de los dos quedó conforme con el primer fallo. Ambos apelaron. Y en segunda instancia, el tribunal tomó una decisión: que la cuota aumente en proporción al sueldo del padre.

El nuevo fallo fue de la Sala F de la Cámara Civil -con la firma de José Luis Galmarini, Eduardo Antonio Zannoni y Fernando Posse Saguier- y se aplicará a la cuota de una chica que hoy tiene 17 años. Al hacer la demanda la mujer le reclamó una cuota de $ 23 mil; el hombre se negó y propuso pagar $ 3.960.

El fallo de la Sala F quedó a mitad de camino. Resolvió elevar la cuota alimentaria en forma escalonada a la cantidad de $ 5.000 desde la interposición de la demanda (en 2015) hasta diciembre de 2016, $ 6.500 desde enero a diciembre de 2017, $ 8.000 desde enero a diciembre de 2018 y $ 10.000 a partir de enero de 2019.

Asimismo, estableció que en adelante la cuota alimentaria se incremente en la misma proporción en la que al padre se le incrementen sus ingresos. Por ejemplo, si al hombre le aumentan un 20% el sueldo, va a tener que aumentar un 20% la cuota alimentaria.

En la sentencia de primera instancia ya se había establecido un monto mensual de $ 10.000 -que el padre objetó por considerarlo elevado y la madre y la defensora de menores, por considerarlo reducido- retroactivo a la fecha de interposición de la demanda. Y a su vez, ordenaba ajustarlo cada seis meses de acuerdo al índice inflacionario del Indec. Este fue el principal cambio que se dio con el nuevo fallo, que resolvió actualizar en base a los aumentos de sueldo que reciba el padre.

Además, ambos fallos desestimaron la fijación de una cuota anual extraordinaria que reclamaba la madre de la menor para cubrir gastos de fiesta de cumpleaños, vacaciones, matrícula y viajes escolares. 

Consultada por Clarín, la abogada Marisa Herrera, especialista en Derecho de Familia, explica que «el fallo no es novedoso, ya hace tiempo que los jueces están buscando diferentes maneras de poder actualizar cuotas alimentarias, en especial en épocas de fuerte inflación como la actual».

«En este caso, se plantea una doble forma de actualización: en monto fijo escalonado y después en proporción al aumento de los ingresos del padre. Ahora bien, ¿qué sucede si los ingresos del padre no aumentan como la inflación? Es por ello que esta decisión se adopta en épocas donde los salarios no están a tono con la inflación», sigue la abogada.

Para que esto pase, ¿los casos tienen que ir a juicio? ¿O automáticamente, tras una separación, la cuota alimentaria se incrementará según los ingresos? «Justamente, hay un problema al respecto», responde Herrera. Menciona la ley 23.928 – conocida como «Ley de Convertibilidad»- de 1991, que estableció en sus artículos 7 y 10 la prohibición de la indexación o actualización de las deudas dinerarias por la variación de los precios.

«Es por eso que, por ejemplo, un fallo de la Sala A del mismo tribunal (Cámara Nacional de Apelaciones) del 8 de febrero rechazó el convenio pactado por los padres que pretendía actualizar semestralmente la cuota alimentaria fundado en dicha prohibición. Por lo tanto, obliga a iniciar cada tanto incidentes de aumento de cuota alimentaria, lo cual es claramente violatorio al derecho de los hijos a los alimentos», explica la abogada.

«Debería derogarse la prohibición de indexación, tal como lo propone un proyecto de ley presentado el año pasado por la diputada Analía Rach Quiroga y que aún no ha sido debatido en la cámara de Diputados», opina Herrera.

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