De esta manera, se puso en marcha el programa para el estudio y la investigación del uso medicinal de la planta y sus derivados.
El Gobierno reglamentó la Ley 27.350, que regula la investigación médica y científica del uso medicinal de la planta de Cannabis y sus derivados. Lo hizo a través del decreto 738/2017, que fue publicado este viernes en el Boletín Oficial con la firma del presidente Mauricio Macri, el jefe de Gabinete Marcos Peña y el ministro de Salud Jorge Lemus, según informó Que Pasa Salta.
El texto oficial pone en efectivo funcionamiento el denominado «Programa nacional para el estudio y la investigación del uso medicinal de la planta de cannabis, sus derivados y tratamientos no convencionales».
«Resulta prioritario que la Autoridad de Aplicación cuente con información científicamente verificada respecto de las propiedades de la planta de Cannabis y sus derivados y su impacto en el organismo humano», indicó la administración nacional en uno de los considerandos del decreto de reglamentación
El Programa funcionará en el ámbito de la Secretaría de Políticas, Regulación e Institutos del Ministerio de Salud y «será dirigido por un profesional médico calificado y con experiencia en investigación o gestión de la investigación, o en especialidades afines, con rango de Director Nacional», dice el artículo 2 de la ley.
El Gobierno reglamentó solo tres de los 12 artículos referidos a los objetivos del programa. El punto principal establece que «las acciones de promoción y prevención deben estar dirigidas a las personas que, por padecer una enfermedad bajo parámetros de diagnósticos específicos y clasificados por la Organización Mundial de la Salud (OMS), se les prescriba como modalidad terapéutica el uso de las plantas de Cannabis y sus derivados».
«La provisión de aceite de Cannabis y sus derivados será gratuita para quienes se encuentren inscriptos en el Programa y se ajusten a sus requerimientos. Aquellos pacientes no inscriptos en el Programa que tuvieren como prescripción médica el uso de aceite de Cannabis y sus derivados, lo adquirirán bajo su cargo, debiendo ajustarse a los procedimientos para la solicitud del acceso de excepción de medicamentos que determine la Autoridad de Aplicación», indica la ley.
La ley, además, autoriza al Consejo Nacional de Investigaciones Científicas y Técnicas (Conicet) y al Instituto Nacional de Tecnología Agropecuaria (INTA) el cultivo de cannabis «con fines de investigación médica o científica para la elaboración de la sustancia que como medicamento sirva para proveer a quienes estuvieren incorporados al Programa».
La norma fue aprobada por el Senado el 29 de marzo pasado después de casi cinco horas de debate, por 58 votos positivos y cero negativos. La iniciativa tuvo el apoyo de todos los bloques presentes luego de que en el plenario de las comisiones de Salud, Ciencia y Tecnología y Presupuesto y Hacienda se coincidiera en la urgencia para resolver la cuestión. Los senadores escucharon a médicos y madres de niños enfermos exponer sobre los beneficios del uso medicinal de la planta de marihuana, una práctica que tiene al menos 5.000 años.
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