El Concejo Deliberante de Salta aprobó una resolución para que el Ejecutivo municipal adecúe en un plazo de 30 días, la concesión del servicio funerario y crematorio a la empresa Pieve Salud, entendiendo que no surge de la misma que se trate de un servicio público.
Para tal efecto, los concejales se apoyaron en los artículos 102 y 103 de la Carta Municipal y lo dispuesto en la Ordenanza N° 15.593, de adhesión al Sistema de Contrataciones de la provincia de Salta, Ley Nº 8.072.
La iniciativa fue elaborada por los miembros de la Comisión de Servicios Públicos, Actividades Comerciales y Privatizaciones. Su presidente, el concejal José García, resaltó durante el tratamiento del Proyecto que la redacción fue el resultado de las reuniones ampliadas que mantuvieron los legisladores con funcionarios municipales.
Durante el tratamiento del proyecto, la concejal Agustina Álvarez indicó que de ninguna manera están “en contra de la inversión privada, ni de que los servicios públicos se presten de manera indirecta, pero sí a favor de dejar en claro que somos un órgano que se encarga de controlar al Ejecutivo Municipal”.
Por su parte, el concejal radical Alberto Salim planteó disidencias con la iniciativa señalando que “lo que se tiene que hacer es directamente declarar nula la Resolución que otorga la concesión”.
“El servicio de cremación es un servicio público y tenía que haber sido tratado en tal sentido”, dijo el edil citando el artículo 102 de la Carta Municipal y aclarando que “no puede ser una resolución la que determine una concesión.
Ante ello, sostuvo que “ninguna concesión de servicios públicos en la Capital se hizo por 35 años, ni siquiera por la mitad de ese tiempo. Directamente hay que declararla nula a esa resolución”.
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