Se trata del joven Juan Sebastián Albornos, quien en la madrugada del 5 de noviembre de 2023 atropelló a una pareja que cruzaba la avenida Paraguay luego de haber terminada de trabajar afuera de un boliche. Como consecuencia de lo sucedido, una de las víctimas sufrió la amputación de sus dos piernas.
El Tribunal Oral Federal N°1 de Salta, integrado por Mario Marcelo Juárez Almaraz (presidente), Marta Liliana Snopek y Federico Santiago Díaz, condenó el 11 de junio pasado a Juan Sebastián Albornos a 7 años y 6 meses de prisión por ser coautor del delito de «transporte de estupefacientes agravado por el número de intervinientes».
Además, ordenó el decomiso de un automóvil Fiat Uno y de una motocicleta, ya que ambos fueron utilizados en uno de los hechos por los que se dictó la condena. En la investigación y juicio intervino el Área de Casos Complejos de la Unidad Fiscal Salta, a cargo del fiscal Ricardo Rafael Toranzos.
En el debate, la fiscalía dejó acreditado el rol que tuvo Albornos en dos hechos de transporte de drogas registrados el 26 de abril y 18 de julio de 2023, en las localidades de Coronel Moles y Salta Forestal, de los departamentos de La Viña y Anta respectivamente.
Cabe señalar que tres cómplices del hombre ya fueron condenados por su participación en esos dos hechos. Samuel Cruz Coraite fue condenado por el juez de Revisión Guillermo Elías en septiembre del año pasado a 3 años de prisión condicional, tras un proceso de juicio abreviado.
Por esa misma vía, el 28 de diciembre pasado, la jueza federal de Garantías N°2, Mariela Giménez, homologó la condena a Deivy Cruz Nolasco a 9 años de prisión y a Sergio Fernando Correa a 8 años y 6 meses. Ambos fueron declarados reincidentes. También se dispuso, en ese acuerdo, el decomiso de dos vehículos, un Volkswagen Gol y Chevrolet Onix, por ser utilizados para el transporte de la droga en el segundo de los hechos llevados a juicio.
La acusación contra Albornos -detenido por la justicia provincial desde el 6 de noviembre de 2023 tras protagonizar un incidente vial por conducir en estado de ebriedad- se formalizó el 29 de diciembre pasado ante la jueza Giménez, instancia en la que se dio a conocer la investigación que la fiscalía llevaba en su contra desde el 3 de abril de ese año.
El juicio
Abierto el debate, el juez Juárez Almaraz dejó en claro que la discusión entre las partes se iba a centrar respecto a la relación de Albornos con ambos hechos, los que no fueron puestos en discusión, según surge de un acuerdo probatorio establecido en la audiencia de Control de la Acusación.
En ese sentido, el fiscal y el auxiliar fiscal Ignacio Yrigoyen expusieron en torno a las pruebas que vincularon al acusado con los otros tres condenados y los hechos. El primero de ellos, según repasó, fue a raíz de la actuación de una patrulla de la División Fluvial y Lacustre de la Policía de la Provincia, instalada a la altura del kilómetro 27 de la ruta provincial 47, muy cercano al dique Cabra Corral, en la localidad de Coronel Moldes.
Al revisar un auto, hallaron varias cajas de cartón de manzana, en cuyo interior había 88 paquetes que contenían 91 kilos de marihuana, con la capacidad de producción de 2.893.149 dosis, según el peritaje realizado posteriormente.
Los policías, que realizaban un control para prevenir la pesca y caza furtiva, detuvieron un automóvil Fiat Uno, cuyo conductor no portaba documento de identidad, por lo que se le pidió que se mantuviera en la banquina hasta tanto se verificara su situación. En esas circunstancias, apareció en escena el auto VW Gol, del cual bajaron dos personas, quienes comenzaron a dialogar con el chofer del Fiat Uno, subiéndose los tres al segundo de los autos para darse a la fuga.
De inmediato, los agentes iniciaron la persecución, que concluyó a los pocos kilómetros de esa ruta, donde encontraron el Fiat Uno sin ocupantes. Previo a ello, los policías les habían tomado fotografías a los tres individuos, ya que uno de ellos había intentado pagar un soborno para que los dejara seguir viaje. Al revisar el VW Gol, hallaron varias cajas de cartón de manzana, en cuyo interior había 88 paquetes que contenían 91 kilos de marihuana, con la capacidad de producción de 2.893.149 dosis, según el peritaje realizado posteriormente.
Según lo expuesto por la fiscalía, al día siguiente, en otro control de la misma unidad policial, sobre la ruta 68, en el paraje Viñaco, los policías reconocieron y detuvieron a Cruz Coraite, quien viajaba como acompañante en una motocicleta, conducida por Albornos.
Los otros dos miembros de la banda, en tanto, fueron detenidos el 18 de julio pasado a raíz de un procedimiento realizado por personal de la Policía Rural, de la fuerza provincial, en la ruta 41, en la localidad de Salta Forestal, en Anta. El MPF repasó que, en aquel momento, los policías advirtieron la presencia de un automóvil Chevrolet Onix y una motocicleta. Al percatarse del control en la ruta, los vehículos se detuvieron e hicieron un giro en “U” para luego darse a la fuga en sentido contrario.
Tras una breve persecución, los uniformados hallaron el automóvil abandonado y huellas alrededor, las que indicaban que la fuga había proseguido en la moto y hacia el monte. Al requisar el rodado, se encontraron otros cuatro cajones de manzana, esta vez con un contenido de 100 kilos de marihuana.
Al día siguiente, mientras se realizaba el rastrillaje de la zona, un puestero reveló que vio a dos hombres en una motocicleta que parecía haber sufrido un desperfecto mecánico. Con estos datos, se focalizó la búsqueda y así se pudo dar con los dos hombres: Cruz Nolasco, al volante del vehículo con la droga, y Correa, quien iba en la motocicleta y cumplía el rol de “puntero”.
Responsabilidad
Al momento de su alegato, el fiscal detalló las pruebas que, a su criterio, establecieron la responsabilidad de Albornos como coautor del transporte de estupefacientes agravado y por la cual, en la etapa de determinación de pena, pidió una condena de 8 años de prisión.
La denuncia motivó una serie de tareas de campo e inteligencia, las que fueron dirigidas por el investigador Lisandro Arranz. En función de ello, se identificó los vehículos en los que se movía, los domicilios que frecuentaba y otros indicios recolectados de la explotación de sus redes sociales.
Explicó que registraba varias multas y en su cuenta de Facebook subía fotos de rodados de alta gama, como así también distintas rutas de viaje cercanas a la frontera. También se determinó que usaba una camioneta Volkswagen Amarok y en una de las casas en la que pernotaba, se podían ver la presencia de varios vehículos, entre ellos el VW Gol y un Fiat Uno.
Resaltó el hecho de que llevaba un estilo de vida que no podría justificar dado que no registraba trabajo formal. Además, el representante del MPF resaltó que las pruebas colocaban al imputado como el dueño de la droga secuestrada en ambos procedimientos, sustancia que habría obtenido de «bagayeros» en la frontera, de acuerdo al dato aportado por un imputado colaborador, cuya declaración conformó la carga probatoria del caso.
Entre otras pruebas, señaló que en los días siguientes al primer hecho, el estudio de geolocalización del teléfono del acusado registró impactos de antena en esa zona, lo que coincide con lo sostenido por el “arrepentido”, quien afirmó que llamó a Albornos para que fuera a rescatarlos, ya que luego de escapar de la policía se habían refugiado en el monte.
Para la fiscalía, Albornos era el dueño de la droga secuestrada en los dos hechos, lo que surge no sólo de lo mencionado por el imputado colaborador, sino del resto de las pruebas producidas.
De acuerdo con lo explicado por la fiscalía, el acusado se dirigió al lugar en una camioneta, pero no logró extraerlos debido a la cantidad de policías que había en la zona, por lo que regresó al otro día en motocicleta, rodado en el que trasladó primero a Cruz Coraite. Esa maniobra se truncó en la ruta 68, a la altura del paraje Viñaco, donde los policías lo detuvieron debido a que el acompañante no llevaba casco protector.
En esa ocasión, Albornos explicó a los policías del control que habían ido al dique para hacer un salto de jumping, pero como estaba cerrado regresaban a la ciudad, lo que despertó más las sospechas, pues dicho entretenimiento, según lo afirmado por una testigo, está siempre habilitado.
El fiscal destacó también el hecho de que los policías le habían tomado fotos a los acusados, pues ello permitió reconocer a la persona que viajaba sin casco (Cruz Coraite) como uno de los prófugos. Sobre este punto, Albornos aseveró que días antes le había vendido el VW Gol a Cruz Nolasco, que era quién conducía el rodado que iba con 91 kilos de marihuana, que desconocía lo que llevaba y que fue a rescatarlo por un desperfecto en el auto.
La fiscalía hizo foco en que, más allá de lo expresado por el acusado, éste le llevó prendas de vestir y mostró que Cruz Coraite ya no vestía la misma ropa con la que fue fotografiado. Por otra parte, sostuvo que ninguna de las operaciones de compra y venta de autos se hacía sin la documentación correspondiente, más allá de lo expresado por el hombre. Además, expuso fotografías del vehículo en la casa del imputado y de un familiar, donde se cargó la droga.
Otra de las pruebas marcadas por el MPF fue un diálogo de Cruz Nolasco con Albornos, en el que el primero pide el auto VW Gol para ir a buscar la droga a Orán, lo que fue probado con una multa que se le hizo al transportista el 25 de abril de 2023.
Para la fiscalía, Albornos era el dueño de la droga secuestrada en los dos hechos, lo que surge no sólo de lo mencionado por el imputado colaborador, sino del resto de las pruebas producidas. Dicha postura fue acompañada por el tribunal, pues al momento de expedirse sobre la responsabilidad penal adjudicaron al acusado el delito requerido por el MPF. En esa instancia, reconocieron que lo declarado por el imputado colaborador guarda “estrecha” relación con el accionar del acusado.
Además, coincidieron con la fiscalía respecto a que dicho relato se vio reforzado con las otras pruebas presentadas, en particular el resultado de los peritajes técnicos a los teléfonos secuestrados, el informe de explotación de redes sociales y otras piezas documentales, entre ellas la multa efectuada a Cruz Nolasco en Orán y los impactos del celular del acusado, en la zona del primer y segundo hecho.
Al momento de debatir la pena, la fiscalía solicitó una condena de 8 años de prisión, mientras que la defensa requirió el mínimo (6 años). Al dar su fallo, los jueces decidieron imponer una pena de 7 años y 6 meses medio de cárcel, a la vez que accedió al decomiso del auto y la motocicleta.
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