Nacionales

Pandemia ¿Cómo es el nuevo protocolo nacional para las clases presenciales sin burbujas?

Se establecieron parámetros de cómo actuar ante la sospecha de casos positivos dentro de las aulas una vez iniciado el ciclo lectivo.

En conferencia de prensa, el presidente Alberto Fernández, la ministra de Salud, Carla Vizzotti y su par de Educación, Jaime Perzcyk, se refirieron a la situación epidemiológica actual y al retorno a las clases presenciales sin burbujas.

A continuación, se comparte el protocolo de actuación que regirá a partir del 2 de marzo con el inicio del ciclo lectivo, ante la sospecha de casos de coronavirus.

  1. Las definiciones epidemiológicas de caso de COVID-19 aplicables en el ámbito escolar son las mismas que para la población general recomendadas por el Ministerio de Salud de la Nación, las cuales son dinámicas y sujetas a modificación.
  2. Se elimina el sistema de burbujas. La sospecha y confirmación de casos requiere que se investiguen y corrijan condiciones que puedan estar aumentando el riesgo de contagios. No implica necesariamente el cierre del aula ni la interrupción de las clases presenciales.
  3. Es muy importante que las y los alumnos y el personal no asistan a la escuela –se queden en su casa– ante las siguientes situaciones:
  4. Presencia de síntomas o malestar general –asociado o no a COVID-19–, independientemente del estado de vacunación.
  5. Si tiene COVID-19 confirmado por test de laboratorio o criterio clínico-epidemiológico, aunque se trate de un caso asintomático.
  6. Si ha tenido contacto estrecho con un caso confirmado y no cuenta con vacunación o tiene esquema incompleto.
  7. Las personas con sospecha o confirmación de COVID-19 por cualquiera de los criterios vigentes, ya sean alumnos, alumnas o personal docente y no docente, no deben acudir a la escuela y deberán permanecer en aislamiento siguiendo los criterios vigentes para la población general:
  8. Quienes cuenten con esquema de vacunación completo, realizarán 7 días de aislamiento desde la fecha de inicio de síntomas (o del diagnóstico en casos asintomáticos), con al menos 48 horas sin síntomas o con síntomas leves, más 3 días de cuidados especiales.
  9. Los casos confirmados sin vacunación o con esquema incompleto cumplirán 10 días de aislamiento desde la fecha de inicio de síntomas o, para personas asintomáticas, desde la fecha del diagnóstico.
  10. Pasado el período de aislamiento no será necesario realizar una prueba diagnóstica para el alta ni presentar certificado médico para reintegrarse a la actividad educativa presencial.
  11. Los contactos estrechos de casos confirmados seguirán el protocolo vigente para la población general:
  12. Las personas asintomáticas menores de 18 que cuenten con esquema completo, o los asintomáticos mayores de 18 que tengan dosis de refuerzo, no realizarán aislamiento y podrán concurrir a la escuela siempre que cumplan de manera estricta con los cuidados indicados (uso adecuado de barbijo y ambientes ventilados). Deberán además evitar concurrir a eventos sociales o masivos y realizar un automonitoreo diario de síntomas.
  13. Los contactos asintomáticos que cuenten con esquema inicial de vacunación completo, o que hayan tenido COVID-19 en los últimos 90 días, no realizarán aislamiento pero, según definición jurisdiccional, se les podrá requerir un test diagnóstico negativo entre el día 3 y 5. Deberán asimismo cumplir de manera estricta con los cuidados indicados (uso adecuado de barbijo y ambientes ventilados), evitar concurrir a eventos sociales o masivos y realizar un automonitoreo diario de síntomas.
  14. Los contactos asintomáticos sin vacunación o con esquema incompleto deberán cumplir 10 días de aislamiento desde el momento del último contacto con un caso confirmado.
  15. Se sospechará de un brote de COVID-19 en un aula ante la presencia de al menos 3 casos confirmados entre alumnos y alumnas de una misma aula –o entre alumnos, alumnas y docente, para el caso de docentes permanentes– asociados epidemiológicamente en un periodo igual o inferior a 7 días.
  16. Ante la sospecha, se deberá realizar una investigación de brote y emprender de forma inmediata medidas correctivas (como correcta ventilación, uso de barbijo, etc.). Serán las autoridades educativas y sanitarias quienes definan, de acuerdo a los resultados de las investigaciones, el alcance y temporalidad de las medidas adoptadas.
  17. La sospecha de brote en el aula no implicará la interrupción de las clases en la misma. La medida podrá ser evaluada como parte del control una vez que la autoridad sanitaria haya analizado y determinado que las medidas correctivas específicas resultan insuficientes para interrumpir cadenas de transmisión en el aula.
  18. Los casos confirmados (por cualquiera de los criterios vigentes) no deben acudir a la escuela y deberán permanecer en aislamiento siguiendo los criterios vigentes.
  19. El aislamiento de contactos estrechos no vacunados o incompletamente vacunados seguirá las mismas indicaciones de aislamiento que se proponen para la población general de acuerdo a la normativa vigente.
  20. Brote institucional: como parte de la investigación se estudiarán otros posibles focos dentro de la misma institución, en cuyo caso la autoridad sanitaria realizará la evaluación de riesgo pertinente y se encargará de definir junto a las autoridades educativas las medidas a adoptar.
Etiquetas

Agregue un Comentario

Click aquí para agregar un comentario

CADENA 365 EN TU CELULAR

Descarga nuestra app para Android

Encuestas

¿Que expectativas te generan las medidas propuestas por Javier Milei?

Resultados

Cargando ... Cargando ...

Fotonoticias

Noticia sorprendenteEl mamífero que pensaban que estaba extinto y fue avistado por primera vez en 24 años
Ver anteriores