Se trata de empleados en relación de dependencia sin bienes a su nombre.Esta gente acumula deudas gigantescas y luego sufre embargos de sueldo.
En los pasillos de Ciudad Judicial, por estos días, hay una gran preocupación: crece la cantidad de personas que piden su propia quiebra por el nivel de endeudamiento que tienen, según publicó El Tribuno.
Una fuente judicial confió que el nuevo fenómeno, que se denomina «quiebra del consumidor», se acrecentó en los últimos tres años. De acuerdo a las cifras que manejan en los juzgados de quiebra de la provincia, cerca del 70% de las causas que les llegaron en estos últimos años son pedidos de quiebras directos, que realizan personas físicas que no pueden afrontar la brutal deuda que acumulan en las espaldas.
«Hace 20 años había muchas quiebras hipotecarias, por deudas con los bancos. Hace 10 años las quiebras eran por deudas de créditos y deudas con el fisco. Ahora el fenómeno es la denominada quiebra del consumidor», señalaron desde Ciudad Judicial. Al tiempo que contaron que este fenómeno ya está siendo estudiado por la doctrina.
El perfil de estas personas que solicitan su propia quiebra se repite: trabajadores en relación de dependencia (del sector público y privado), con sueldos promedio (unos 15 mil pesos), que no tienen ningún bien a su nombre, solo el salario que reciben de forma mensual. La mayoría vive en casa de un familiar o alquila, no tiene auto y sacó préstamos para vacaciones o para afrontar deudas que ya tenían.
El año pasado, los Juzgados de Concursos, Quiebras y Sociedades de la provincia habían tenido el ingreso de 55 pedidos de quiebra directa, ya sea que fueran solicitadas por el deudor o por los acreedores. Y hasta fines de agosto pasado, ya se habían presentado 43. Estos números se pueden engrosar, ya que la quiebra, en muchos casos, es un proceso que comienza por la frustración de un concurso preventivo.
Solo en el Juzgado de Concursos, Quiebras y Sociedades de Segunda Nominación, desde el 1 de julio ingresaron 10 pedidos de quiebra directa. Ocho de ellas fueron solicitadas por el propio deudor (en su mayoría empleados públicos). Las otras dos son de concursos preventivos que fracasaron.
El fenómeno
Más allá de la dura realidad económica que vive el país y Salta, el pedido de quiebra que realiza una persona, puede ser tomado como un fenómeno social propio de estos tiempos. Es que una década atrás era muy difícil pensar que alguien se declararía en bancarrota. Desde la Justicia dejan en claro una cosa: los que piden su propia quiebra hacen uso de la normativa vigente y están amparados por la ley.
¿Qué significa declararse en quiebra?
Se trata de un estado de insolvencia o cesación de pagos. Entonces cuando una persona ve que no puede afrontar más una deuda, que en muchos casos es abultada, pide someterse a un proceso de liquidación de sus bienes y solicita su quiebra. Tiene que cumplir unos requisitos que están previstos en la ley, y cumplido esto se le dicta la sentencia de quiebra.
Las características que observan en la Justicia de Salta es que esta gente tiene un pasivo muy importante y los acreedores siempre son los mismos: tarjetas de crédito, financieras y bancos. Voceros judiciales entienden que con la facilidad que hay para sacar préstamos y tarjetas de crédito, estas personas se endeudaron por encima de su capacidad de pago y luego, ante el asedio de los juicios ejecutivos y embargos, optan por declararse en quiebra.
¿Cómo sigue el proceso?
Una vez que el juez dicta la sentencia de quiebra y se comprueba que esta persona no tiene bienes a su nombre, durante un tiempo (poco más de un año) se le embargará todos los meses el 20% del sueldo.
Si se tiene en cuenta un salario promedio de 15 mil pesos, el descuento que tendrá todos los meses será de 3.000 pesos. Al cabo de un año y medio de descuentos se habrá juntado cerca de 54 mil pesos. Con ese dinero se afronta el pago en el Boletín Oficial, la tasa de justicia, los honorarios de la Sindicatura y si queda algo será para los acreedores. El tema es que en muchos casos las deudas llegan a superar los 200 mil pesos, por lo que no se cubre casi nada con lo embargado.
Una vez que concluyó la quiebra, la persona física que la solicitó queda sin deudas, ya que todo lo que debía para atrás es inejecutable y no se puede reclamar.
Agregue un Comentario