Un sujeto de 72 años fue condenado en juicio abreviado a tres años de prisión condicional por resultar autor material y penalmente responsable del delito de abuso sexual simple agravado por el vínculo y la relación de convivencia preexistente con una menor de dieciocho años de edad, dos hechos en concurso real.
El imputado es abuelo materno de la víctima. La denuncia fue radicada por la directora de la escuela a la cual concurría la menor. Los ilícitos salieron a la luz cuando la niña le contó a su maestra de sexto grado que el papá de su mamá abusaba de ella desde que tenía siete años de edad.
Las autoridades de la escuela citaron a la mamá de la menor para comunicarle lo sucedido. La mujer explicó que la niña estaba a cargo de su madre porque ella viajaba periódicamente a San Antonio de los Cobres para trabajar como cocinera en una mina.
La menor contó en circuito cerrado de televisión que su abuelo entraba a la habitación donde ella dormía sola cuando su mamá estaba trabajando, le sacaba la ropa y la tocaba en sus partes íntimas.
Para conservar la prisión en suspenso, el condenado deberá cumplir reglas de conducta durante tres años: constituir domicilio; abstenerse de acercarse a la víctima, a su domicilio o lugares que ella frecuente; abstenerse de contactarse con ella por cualquier medio; someterse a tratamiento psicológico previa indicación de un profesional y presentar las constancias correspondientes, entre otras obligaciones.
La jueza ordenó que se le extraigan muestras de ADN al imputado, previa asignación del DUIG correspondiente, para su posterior incorporación al Banco de Datos Genéticos.
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