La empresa estatal Corredores Viales S. A. pretende que se revoque la sentencia en la que le ordenaron reparar la arteria en el sur provincial.
La empresa estatal Corredores Viales S.A., que tiene la concesión de un tramo de la ruta nacional 9/34 que atraviesa Salta, apeló la resolución del juez de Metán, Sebastián Fucho, quien había hecho lugar a una acción de amparo en la que le ordenó a la prestataria que proceda a la inmediata reparación de la mencionada ruta nacional, entre los kilómetros 1.446 y 1.460.
Se trata de la zona de la ciudad de San José de Metán, Metán Viejo y Yatasto, donde la ruta nacional se encuentra muy deteriorada
El magistrado había firmado el fallo el pasado 19 de febrero y le dio un plazo para ponerla en condiciones de 20 días corridos, contados a partir de la notificación de la decisión.
Lejos de cumplir con el mandato del juez del Tribunal de Juicio de Metán, en la tarde de ayer se continuaba realizando un raspado (fresado) de la cinta asfáltica en el acceso sur de la localidad, donde siguen los enormes desniveles que la tornan prácticamente intransitable.
Apelación
Corredores Viales S.A. apeló la resolución del juez Fucho y pidió que se revoque la sentencia y/o se la prive de todo efecto jurídico. Pero lo llamativo es que la empresa, encargada del mantenimiento de la ruta y que irónicamente cobra un peaje, es del Estado y cobra por un servicio que no brinda y tampoco garantiza la seguridad a los que circulan por la ruta que se encuentra en pésimo estado en el sur provincial.
Se trata de una sociedad que está integrada en un 51% por el Ministerio de Obras Públicas de la Nación (hoy Ministerio de Infraestructura) y el 49% por la Dirección Nacional de Vialidad (DNV).
El amparo fue presentado por la concejal, María José Bernis, como usuaria de la ruta, para exigir su reparación urgente, con la representación del abogado metanense, Tomás Delgado. También adhirió a la presentación el intendente, José María Issa.
Fucho también había ordenado a la Dirección Nacional de Vialidad ejercer su rol como autoridad de aplicación y de control de las concesiones viales, para verificar las normas del buen arte de construir y las especificaciones técnicas.
El magistrado impuso a Corredores Viales S.A, como daño punitivo, la suma de 2.000.000 de pesos, cifra que será destinada al hospital Del Carmen de la ciudad de Metán.
La acción de amparo fue presentada en contra de Corredores Viales S.A., empresa que tiene a cargo el cobro del peaje en Cabeza de Buey, del organismo de control de concesiones viales y de la Dirección Nacional de Vialidad de Salta.
Pero además, en la tramitación del planteo legal Corredores Viales S.A. y Vialidad Nacional negaron que la ruta nacional 9/34 se encuentre en mal estado en la zona de Metán, cuando es de público conocimiento el avanzado deterioro que presenta.
Fucho: «Han faltado a la verdad»
«Como podrá advertirse ni Corredores Viales S.A. ni la Dirección Nacional de Vialidad quisieron aportar el nombre de la empresa que realizó la reparación del tramo de la ruta cuestionado, demostrando así una total falta de colaboración para resolver la problemática planteada, lo cual también es una obligación que tienen las partes accionadas impuesta por la ley de defensa del consumidor», afirmó el juez Fucho.
«Han faltado a la verdad al momento de informar las obras realizadas por la UTE integrada por Autovía Buenos Aires a Los Andes S.A., Mecanno Ing. S.R.L. y Edmacor Constructora Vial S.A., ya que entre los kilómetros 1.446 y 1.460 de la ruta, en las épocas consignadas en las certificaciones, no se realizó bacheo con mezcla asfáltica en frío, sino que se renovó la carpeta de rodamiento», dijo.
«Más grosera aún es la falsedad cuando dice que en fecha 01/12/23 en Km. 1.450,5 a 1.463 se realizó bacheo con mezcla asfáltica en frío, por tres toneladas, ya que el kilómetro 1.460 al 1.463, se trata de pavimento de hormigón, donde no corresponde técnicamente el bacheo con mezcla asfáltica en frío, y como no corresponde no existe ningún vestigio de ello», indicó en la resolución el juez del Tribunal de Juicio de Metán.
«Debía controlarse a sí mismo»
«Es evidente que la Dirección Nacional de Vialidad como autoridad de aplicación y de control de las concesiones viales nada hizo para verificar el cumplimiento de las obligaciones de la empresa Corredores Viales S.A. Pero es sorprendente advertir que el controlador debía controlarse así mismo, con lo cual el sistema no funcionará jamás, y ello es así ya que el controlador es parte integrante de la empresa a controlar», sostuvo el juez Fucho en la resolución del amparo.
Pese a integrar la Dirección de Vialidad Nacional, con el 49 por ciento de las acciones, la empresa del Estado que controla el peaje de la ruta 9/34, recientemente el titular de la delegación salteña del organismo, Francisco Agolio, deslindó responsabilidades en torno al mantenimiento de esta vía de comunicación en una entrevista con Radio Salta en la que admitió que no dan abasto con el cuidado de las rutas.
Agregue un Comentario