Judiciales

Por "Mal desempeño"El Procurador General ratificó la acusación al juez Laurenci

En el día de hoy, Pedro García Castiella se expidió sobre la necesidad de admitir la acusación oportunamente efectuada al juez Edgardo Laurenci por su actuación ante la fuga del homicida de Liliana Ledesma, Lino Ademar Moreno.

​El pasado 28 de septiembre, en ejercicio de las facultades que la Constitución y la Ley le confieren, el Procurador General acusó ante el Tribunal de Enjuiciamiento de Magistrados al juez Edgardo Lauranci por considerar que su actuar constituyó mal desempeño e incumplió sus deberes como magistrado jurisdiccional, en relación con la fuga de Lino Moreno, solicitando su destitución.

​Tal como lo prevé el trámite de la Ley 7138 (art. 12, párrafo 4to.) el Jurado corrió vista al denunciado para que conteste la acusación y ofrezca pruebas, al tiempo que también corrió vista al Procurador General.

​En respuesta de esa vista, en el día de la fecha el Procurador General García Castiella ratificó su posición y se expidió sobre la admisibilidad formal de la acusación, ya que ese es el sentido de la opinión que se le requirió en esta instancia -hecho que implica solicitar la apertura formal del procedimiento de enjuiciamiento y la suspensión preventiva del acusado-.

​En el escrito que se presentó esta mañana, se destacó que la acusación formulada cumple adecuadamente con los requisitos legales, pues ha individualizado correctamente al magistrado al que se acusa, contiene una exposición clara y precisa de los hechos en que se funda, una adecuada relación entre el contenido fáctico y las normas que se enuncian, una explicación somera de las causales constitucionales y legales previstas y por las que se solicita el juicio y, por último, un adelanto de la prueba que se ofrece para la instancia de debate.

​Destacó el Procurador General que resulta relevante, pertinente y conveniente que el Jurado se expida sobre la admisión de la acusación instada por su parte, a los fines de que la sociedad salteña tenga la oportunidad de conocer, mediante la correspondiente audiencia de debate oral y pública, los graves hechos que fueron denunciados, la prueba que allí se producirá, la defensa que pueda articular el denunciado y, en definitiva, la valoración –ceñida a las pruebas que en ese acto se produzcan- sobre si el juez Edgardo Osvaldo Laurenci se encuentra o no en condiciones de seguir ejerciendo la magistratura jurisdiccional.

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