En un procedimiento abreviado llevado a cabo en la Sala I del Tribunal de Juicio, un hombre de 30 años fue condenado a seis meses y quince días de prisión condicional por resultar autor de los delitos de lesiones leves agravadas por la relación de pareja preexistente y por mediar violencia de género y daños, en concurso real.
El sujeto fue denunciado por su expareja. Contó que el imputado se presentó en su casa, alcoholizado, gritando para que lo dejaran entrar. Seguidamente se dirigió a la parte de atrás, rompió una puerta e ingresó a la vivienda. Increpó a la denunciante y le dio un golpe en el ojo, luego la tomó del cabello, tirándola al piso. Las lesiones fueron constatadas por un médico.
El juez Leonardo Gabriel Feans le dictó al condenado una serie de obligaciones que deberá cumplir durante dos años, entre ellas, someterse a tratamiento psicológico previo informe de un profesional que acredite su necesidad y eficacia y presentar las constancias correspondientes; prohibición de ejercer todo tipo de acto de violencia física o psíquica en perjuicio de la denunciante; realizar algún tipo de capacitación relacionada con perspectiva de género o violencia contra la mujer y presentar las constancias correspondientes. Todo ello con apercibimiento de revocarse la modalidad condicional de la pena.
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