Política

Cadena 365 TVSilvana Giudice sobre la ley de fake news: “Lo que tiene media sanción de la Cámara de Diputados de Salta es abiertamente inconstitucional”

Silvana Giudice y Juan Manuel Abdala en Cadena 365 TV

Así lo afirmó en Cadena 365 TV la presidenta de la Fundación LED; ex titular del ENACOM y expresidenta de la Comisión de Libertad de Expresión de la Cámara de Diputados de la Nación. Mirá aquí la nota completa

Silvana Giudice fue entrevistada por Juan Manuel “Indio” Abdala Ibañez y analizó el proyecto con media sanción en la Cámara de Diputados de Salta para regular y sancionar las fake news “Este es un intento más de regular redes sociales, de regular contenidos de redes sociales y no es la primera vez en el país y en el espacio político que promueve esta ley. Desde el primer momento cuando asumió Alberto Fernández dijo que iba a regular las redes sociales, habló de redes tóxicas, Sabina Frederic empezó a hacer un ciberpatrullaje que terminó con la penalización de algunas personas. Realmente es muy preocupante lo que está sucediendo y Salta no es la excepción. También está discutiéndose esto en La Rioja en una Convención Constituyente que intenta poner también un freno a la libertad de expresión”.

Comunicación a la Legislatura

La presidenta de la Fundación LED fue con consultada si había leído el proyecto con media sanción en la Cámara de Diputados de Salta y expresó “Sí, lo leímos y estamos trabajando con la Fundación LED para enviar una comunicación formal a la Legislatura porque lo que han sancionado y tiene media sanción de la Cámara de Diputados es inconstitucional. El artículo 50 que plantea persecución o cárcel a quienes difundieran o crearan fake news es abiertamente inconstitucional en contra de los principios del Pacto de San José de Costa Rica; de la Constitución Nacional y además aborda un tema muy complejo como es los contenidos en las redes sociales y en los medios digitales sin conocimiento. La vedad que la única Diputada que votó en contra fue Sofía Sierra que hizo este argumento, que el artículo 50 es inconstitucional y me parece bien que el gobernador tome cartas en el asunto y que vete este proyecto si sale sancionado del Senado porque les contaba que en la Argentina no es la primera vez que se intenta esto, en la pandemia la Ministra Sabina Frederic, ella lo dijo en una reunión en el Congreso que había implementado un ciberpatrullaje, con el que ella identificaba quien criticaba al gobierno con el tema de las medidas sanitarias o quien difundía alguna información sobre el COVID que sea errónea y terminaron personas presas en la provincia de Misiones por ejemplo por ese mecanismo. Entonces tenemos que decir claramente que el fenómeno de las campañas de desinformación, las fake news, el derecho al olvido, todas estas cuestiones que en la Argentina no están sancionadas por ley, todavía es un debate muy incipiente y que no pueden sancionarse de esta manera por una ley provincial que contraviene la Constitución Provincial y también la Constitución Nacional, como les decía, y los tratados de Derechos Humanos”.

Código Penal

Giudice afirma que las figuras que menciona el proyecto de Salta “Ya están reguladas en el Código Penal y con las leyes que se sancionaron con el Congreso Nacional sobre grooming y sobre porn reveng (porno venganza), que es una manera de exponer a los miembros de las parejas cuando en general estos videos se difunden y son tomados por personas que con algún resentimiento quieren hacerle mal vulnerando el derecho a la intimidad de las personas. Todo esto ya tiene un mecanismo para poder generar el derecho a la defensa, entonces una ley provincial excede la competencia de lo que marca la Constitución Nacional. Nosotros no somos una confederación de países, sino que las provincias son estados locales que tienen que tener una uniformidad de criterios con la normativa nacional y para ello existe la Constitución Nacional y las leyes nacionales, entonces sancionar de esta manera torpe y mal, no solo no genera la protección adecuada porque ninguno de esos artículos puede generar efectos, ninguna contravención de las que están sancionando en esta ley van a poder ser aplicadas. ¿Quién las va a aplicar?, la policía local no tiene facultades jurídicas para por ejemplo investigar o seguir pesquisas en internet porque las comunicaciones son materia nacional además, entonces por un lado los efectos positivos que podrías tener son nulos, porque no podría a nivel provincial tener ningún efecto sobre internet, y por otro lado el articulo 50 contraviene todos los principios de libertad de expresión”.

Real malicia y norma fascista

La presidenta de la Fundación LED analizó que “Para poder trabajar contra las campañas de desinformación o fake news también hay elementos. Cuando una persona se sienta afectada, cuando un derecho se siente vulnerado uno recurre a la justicia y es la justicia la que realmente puede tomar decisiones sobre la veracidad o la falsedad de esa información. En Argentina el ordenamiento jurídico que nos ha impuesto la Corte Suprema tiene que ver con la real malicia que fue sancionada por la jurisprudencia de la Corte que indica que cuando una persona se siente afectada por determinada información tiene que probar que ese periodista o el sujeto que es autor de esa información sabía que mentía o que inventaba un aspecto de esa noticia. Y esto ya ha tenido distintos fallos en varias causas y conflictos. Entonces, se desconoce con esta norma también la teoría de la real malicia y se intenta en un párrafo muy peligroso, lo que está planteando es que cualquier cuestión que podría contravenir a las autoridades y eso es, prácticamente, fascista. Las autoridades administrativas políticas están sujetas a dobles estándar de libertad de expresión porque son justamente los que se exponen ante la sociedad para ser criticados y para ser cuestionados, esa es la base de nuestro sistema democrático, el sistema de representación. Si usted a través de una ley provincial va a fijar una contravención porque no le gusta que determinada información pueda ser cierta o no, contravengan lo que está diciendo la autoridad local tanto como está pasando con esta ley como está pasando en La Rioja que abrió las sesiones de la Convención Constituyente con el mismo espíritu de poder atar la libertad de expresión a la gobernanza dijo Quintela. Espero que la decisión de la diputada Sierra sea escuchada y que el gobernador derogue estos artículos porque son claramente inconstitucionales”.

 

 

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