Lo resolvió la Cámara de Apelaciones y Garantías de San Isidro. Se trata del cirujano Leopoldo Luque, la psiquiatra Agustina Cosachov y los otros seis profesionales de la salud.
La decisión fue adoptada en un fallo de la Sala III del mencionado tribunal de alzada, compuesta por los camaristas Carlos Fabián Blanco, Gustavo Adrián Herbel y Ernesto García Maañón.
Además de Luque y Cosachov, serán juzgados el psicólogo Carlos Ángel «Charly» Díaz; la médica coordinadora de la prepaga Swiss Medical, Nancy Edith Forlini; el coordinador de enfermeros Mariano Ariel Perroni; y el enfermero Ricardo Omar Almirón, la enfermera Dahiana Gisela Madrid y el médico clínico Pedro Pablo Di Spagna.
Al rechazar, entre otros puntos, la nulidad del requerimiento de elevación a juicio, los camaristas resaltaron en su fallo que «la acusación pública efectuó una completa descripción del Hecho 1 (el homicidio con dolo eventual de Maradona), enumerando las acciones u omisiones que consideraron reprochables a cada uno de los imputados y que, a su entender, habrían incidido en el fatal desenlace endilgado».
«La fiscalía inicia su imputación indicando quiénes se encontraban a cargo de la atención del paciente, ubicando en tiempo y lugar la situación apuntada, para luego referirse específicamente a cómo fue el desempeño de cada uno de ellos, según los roles asumidos, estableciendo de qué modo sus inconductas determinaron la muerte de Maradona», dice en su voto el juez Herbel.
Los jueces de la Cámara también avalaron la Junta Médica clave que complicó a los ocho responsables de la salud imputados y rechazó los sobreseimientos y el cambio de calificación que habían propuesto varias de las defensas, entre ellas las de Luque y Cosachov, por la figura del «homicidio culposo» (con una pena menor de 1 a 5 años de cárcel).
Lo único en lo que sí los camaristas resolvieron a favor de las defensas fue en revocar parcialmente la elevación a juicio en relación a los denominados Hechos 2 y 3, imputados a Luque y Cosachov, referidos al «uso de documento privado falso» que le imputaban al neurocirujano por haber presuntamente usado una firma falsificada de Maradona para pedir una historia clínica; y a la «falsedad ideológica» por la que se acusaba a la psiquiatra por haber supuestamente confeccionado un certificado de aptitud mental de Diego sin ir a visitarlo.
El pedido original de elevar la causa a juicio oral, luego apelado por los acusados, fue realizado en junio del año pasado por el juez Orlando Díaz, quien sostuvo que los ocho imputados no cumplieron «con el mandato de actuar que la buena práctica médica colocaba en sus cabezas», y que como «garantes» de la condición del exfutbolista, tuvieron la posibilidad de «revertir» su cuadro cardíaco y no lo hicieron.
Los fiscales Ferrari, Iribarren y Capra y el juez Díaz coincidieron en que todos deberán enfrentar una imputación como presuntos coautores de un «homicidio simple con dolo eventual».
Según la hipótesis fiscal planteada en el requerimiento de elevación a juicio, el equipo médico de Maradona fue «deficiente», «temerario» e «indiferente», sabía que el «10» podía morirse en el estado en el que se encontraba y no hizo nada para evitarlo.
Pese a ser un delito que tiene una pena en expectativa de 8 a 25 años de prisión, los fiscales nunca pidieron las detenciones y los ocho acusados siempre estuvieron en libertad y así llegarán al juicio oral si se confirma para ellos.
Maradona murió a los 60 años de un edema pulmonar y una falla cardíaca el 25 de noviembre de 2020 en una casa del barrio privado San Andrés, de Tigre, donde transitaba una cuestionada internación domiciliaria por su adicción al alcohol y luego de haber sido sometido a una neurocirugía.
La autopsia estableció que murió como consecuencia de un «edema agudo de pulmón secundario a una insuficiencia cardíaca crónica reagudizada» y descubrieron en su corazón una «miocardiopatía dilatada».
Agregue un Comentario