Le pidieron al magistrado que “guarde la mesura y adecuada compostura”. El ex presidente debe declarar este jueves.
Confirmaron al juez Martín Bava en la causa por el presunto espionaje a familiares del ARA San Juan.
La Cámara Federal de Mar del Plata confirmó este miércoles al juez de Dolores Martín Bava en la causa que investiga el presunto espionaje ilegal a familiares de víctimas del hundimiento del submarino ARA San Juan. No se hizo lugar al pedido de recusación de la defensa del expresidente Mauricio Macri, que declarará mañana al mediodía. Sin embargo, en la resolución se instó al magistrado a que «guarde la mesura y adecuada compostura» al momento de resolver causas judiciales.
Cuando fue citado por primera a vez a declarar, Mauricio Macri presentó un escrito pidiendo la postergación de su indagatoria y conjuntamente solicitó el corrimiento del juez subrogante Bava.
La defensa a cargo de Pablo Lanusse entendió que había «dos las causales que justifican este planteo de recusación», por un lado el «prejuzgamiento y el temor fundado de parcialidad que genera la actuación del Sr. Juez recusado en la persona del Ing. Mauricio Macri».
Para la defensa del ex presidente, en el llamado a indagatoria se «expone y evidencia un posicionamiento de interés personal frente al caso concreto que aniquila su ecuanimidad, equidistancia, templanza e imparcialidad y demuestra su compromiso emocional, intelectual y lógico que lo excluye de su condición de garante del debido proceso, la recta administración de justicia y la defensa en juicio».
La resolución de la Cámara de Apelaciones de Mar del Plata llegó un día antes de que el ex presidente se presente en Dolores a declarar. En la resolución a la que accedió Clarín, se indicó que no se hacía lugar al pedido de recusación.
Los jueces Eduardo Jiménez y Osvaldo Tazza consideraron, sin embargo, que no hay motivos para acceder a la recusación solicitada en base al «estilo que impregna el decreto judicial cuestionado e invocado como justificativo de la causal de prejuzgamiento»
Sin embargo, en el apartado ocho de la resolución, la Cámara fue determinante con el juez Bava: «volviendo al cariz que reviste la causa en tratamiento, y advirtiendo el estilo imperativo y “poco moderado” utilizado por el “a-quo” al exponer sus fundamentos y argumentaciones, todo ello nos permite, exhortar al Juez Bava, para que en lo sucesivo guarde la mesura y adecuada compostura al resolver causas judiciales».
Ampliando este concepto, la Cámara señaló que el cuidado que debe tener el magistrado en su accionar, debe ser aún mayor en causas que «detentan repercusión social, evitando así incurrir en expresiones de aquella naturaleza como las advertidas en la resolución en estudio, sorteando así la posible generación de equívocos que lleven a planteos generadores de innecesarios dispendios jurisdiccionales».
Pese a no darle la razón al abogado de Macri, que habló de temor de parcialidad, la Cámara advirtió a Bava que «es deber de los Jueces no solo tener, sino demostrar a través de sus actos, la contundente objetividad e imparcialidad que debe existir en toda decisión que rige la actividad jurisdiccional, impidiendo de tal modo que sus pronunciamientos puedan generar en los justiciables un fundado temor de parcialidad, o ausencia de ecuanimidad y rectitud en el cumplimiento de su función».
Ante la consulta de Clarín, desde el entorno del ex jefe de Estado señalaron que la resolución de la Cámara «resulta autocontradictoria y reconoce el temor de parcialidad» que planteó la defensa motivo por el que pidió apartar a Bava del caso.
Bajo esa misma línea de argumentos, los camaristas continuaron y dijeron que Bava «no puede olvidar» que como funcionario judicial «debe actuar con el recato y la mesura pertinente que las circunstancias particulares aconsejen, como especialmente ocurre en el caso de autos, donde se formula una imputación penal a un ex Presidente de la Nación Argentina, vinculado con un acontecimiento que involucra profundos sentimientos personales que afectan a los familiares de las víctimas del suceso investigado, y que son caros en general a toda la sociedad, amén de haber acaecido el mismo, en el marco de un contexto histórico determinado y puntual».
Al concluir el planteo, los jueces pidieron a Bava que recuerde al «juzgarse cosas sensibles» el Poder Judicial «debe necesariamente preservar su independencia de cualquier factor extraño».
Por ello, continuaron, «recomendamos al Juez que en lo sucesivo modere su estilo y evite incurrir en construcciones jurídicas que, enmarcadas dentro de un pronunciamiento judicial diferente (…) debiendo evitar expresiones asertivas que no se condigan con el estado procesal del expediente en curso».
La acusación
El juez Martín Bava le atribuyó seis hechos a Mauricio Macri, todos vinculados a tareas de «espionaje prohibidas por ley».
Entre las acusaciones figuran haber dirigido numerosas de esas tareas de espionaje a obtener datos personales e información de los familiares y allegados de los tripulantes del submarino ARA San Juan, como así también del buque “El Repunte” y del buque “Rigel».
Todas estas tareas de inteligencia ilegal -argumentó Bava-, «no contaron con autorización judicial alguna, ni fueron justificadas por órdenes de servicio fundadas en razones de seguridad interior o defensa nacional y se realizaron, además, con el objeto de influir en la opinión pública, en la opinión en esas personas y en el normal desenvolvimiento de las actividades de la agenda política de ese año, que según los criterios preestablecidos podían afectar a la gestión del entonces gobierno».
En lo que refiere a Macri, el magistrado entendió que las conclusiones a las que arribó muestra que las acciones «ilegales no fueron ejecutadas por los agentes de base que por motu proprio realizaron este espionaje ilegal, sino por el contrario, partieron de un interés político nacional que en el final de la cadena, respondía al entonces Presidente de la Nación, Ing. Mauricio Macri».
Por ese motivo es que convocó a indagatoria al ex presidente imputado por el presunto delito de espionaje ilegal. Se lo acusa, indica la resolución, «que desde su cargo de Presidente de la Nación, por lo menos en el período comprendido entre el mes de diciembre del año 2017 y finales del año 2018 ha ordenado y posibilitado la realización sistemática de tareas de inteligencia (…) consistentes en la obtención de información, producción de inteligencia y almacenamiento de datos sobre personas, por su opinión política o su pertenencia a organizaciones partidarias, sociales, sindicales, comunitarias y de Derechos Humanos».
Más específicamente, se le imputó a Macri «haber ordenado y posibilitado la realización de numerosas de ellas con el propósito de obtener datos personales e información de los familiares y allegados de los tripulantes del submarino ARA San Juan».
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