Política

Desmalezamientos polémicosDos llamativas omisiones en la comisión de Legislación General del Concejo Deliberante

Son pedidos de informes, que además figuran en el Boletín de Asuntos Entrados 01 de este año con los números de expediente 135097/2018 y 135098/18 y que tienen que ver con los polémicos y escandalosos desmalezamientos.

Sorpresivamente, el lunes, no trataron dos temas que estaban en la nómina de asuntos pendientes e  ingresados que habitualmente prepara la relatoría. 

Son expedientes “fresquitos “presentados apenas se abrió el año legislativo 2018 y son pedidos de informes aparentemente inofensivos, pero tal parece, de  delicada jerarquía política e institucional.

A fines del año pasado, el Tribunal de Cuentas Municipal, en una muestra de gran jerarquía institucional abrió dos sumarios. Son los que figuran en esos pedidos de informe que ingresaron en el Concejo Deliberante y que llamativamente, este lunes no se trataron en la comisión respectiva.

Uno de ellos, el número 5693 y sin mediar resolución final algún, le costó ya el puesto al ingeniero Federico Casas en la secretaría de Ambiente, porque aparentemente pagó, por la limpieza del canal Oeste que supuestamente no se hizo.

Lo que en realidad hizo Casas fue, a principios de su gestión limpiar el canal a como dé lugar, porque el pasto y los mosquitos se estaban llevando puestos a todos y el reclamo de los vecinos resonaba fuerte.

Luego del escándalo que le costó el puesto aparecieron fotografías de la limpieza, está el intendente con el empresario al que le adjudicaron la obra y otras comprobaciones. Lo que habría pasado es que el Tribunal de Cuentas fue unos meses después a verificar la limpieza y el pasto, había crecido de nuevo. Casas limpió, quizás lo hizo fuera de las normas administrativas, pero resolvió el tema y pagó por ello. Si Sáenz sabía que la obra se hizo, dentro de la Municipalidad todavía no se entiende porque lo echaron. Hablan de una fuerte interna y de la escalada de poder de Outes. También hablan de que el empresario que hizo la obra, no cobró, por lo menos hasta el escándalo, a pesar de que para esa fecha, el informe del Tribunal de Cuentas informaba del libramiento y cobro de los cheques. ¿A dónde fue esa plata? ¿Quién la cobro? ¿Ya llegó a manos del empresario y porque no cobró él los cheques en la fecha de emisión de los mismos? Son las preguntas que circulan hoy en día en los pasillos municipales.

El otro sumario, que lleva el número 5662 se abrió porque la Municipalidad contrató y pagó, en forma directa, el desmalezado de la Avenida Patrón Costas, donde ya estaba contratada para eso la empresa Agrotécnica Fueguina.

La pregunta es, si el Tribunal de Cuentas Municipal, que viene cumpliendo una tarea relevante en materia de control de los fondos públicos, habrá citado o citó a declarar a los dos principales funcionarios en quienes el intendente Gustavo Sáenz, depositó su futuro político.

El entonces secretario de Gobierno, estaba de reemplazo ocasional en Obras Públicas y Ambiente y firmó una memoria técnica, pero el que pagó, al que estaba contratado, es Pablo Outes, el Coordinador  General de Intendencia.

Para evitar suspicacias e interpretaciones, este es el sumario que dispuso el Tribunal de Cuentas:

 

MUNICIPALIDAD DE LA CIUDAD DE SALTA TRIBUNAL DE CUENTAS MUNICIPAL.

  SECRETARÍA DE PLENARIO SALTA, 23 de Noviembre de 2017

 RESOLUCIÓN Nº 5.662 VISTO Registro Interno Nº3204-TC/17 – “Inspección Desmalezado y Parquización en Avenida Patrón Costas entre Avenida Bolivia y Avenida Constitución – Contratación Directa Nº837/17”, por cuerda Expedientes Nros. 049489-SG/17 y 2093-SG/17;

y, CONSIDERANDO QUE, las actuaciones se inician con el Informe Nº66, de fecha 30-08-17, emitido por Gerencia de Auditoria de Servicios Públicos de este Tribunal de Cuentas, se refiere a la inspección realizada del Desmalezado y Parquización a lo largo de la Avenida Robustiano Patrón Costas, desde entre Avenida Bolivia hasta Constitución;

 QUE, dicha área expresa, que encontrándose concesionado el servicio de corte de césped y limpieza de espacios verdes, trabajos que debe realizar la Empresa Agrotécnica Fueguina S.A.C.I.F. conforme Licitación Pública Nº19/09, tal tarea no debió incluirse en la Contratación Directa Nº837/17 tratada, pagándose por ella indebidamente;

QUE, consecuentemente, se manifiesta que no tendría que haberse aprobado la Memoria Técnica por Resolución Nº006/17 -fs. 8 de Expediente Nº2093 SG/17- y los pliegos mediante Resolución Nº817/17 -fs. 106 de Expediente Nº2093 SG/17 , ya que no debió incluirse el ítem 1, que también figura en el Formulario Propuesta, cuya descripción dice “Desmalezado con retiro de material”;

QUE, también se destaca, que según el reporte del Sistema Siga “Ordenes de Pago por Número”, la Contratación Directa Nº837/17 presenta al siguiente detalle al 30-08-17: a)- Cheques Nº071227606 – por $73.173,99 – emitido el 02-08-17 – cobrado el 09-08-17; Nº073295612 – por $115.500,00 – emitido el 02-08-17 – con vencimiento el 01-09-17; y Nº073295613 – por $115.500,00 – emitido el 02-08-17 – con vencimiento el 02-10-17;

QUE, a posteriori, mediante Informe Nº89/17, Gerencia de Auditoria de Servicios Públicos emite Dictamen Previo acorde lo establecido en la Resolución TC Nº1719/00 – Art. 6, remarcando que en el marco de sus tareas propias se procedió a la revisión de las Órdenes de Compra efectuadas para el mantenimiento de espacios verdes, en donde se detectó la Contratación Directa de referencia por el Desmalezado y Parquización en Avenida Patrón Costas entre Avenida Bolivia y Avenida Constitución;

Que se observa que se incluyó en la contratación el ítem “Desmalezado con Retiro de Material”, servicios que ya está prestando en esa zona la empresa Agrotécnica Fueguina, en el marco de la Licitación Pública Nº19/09; que la Factura Nº0002-00000010, de fecha 18-07-17 -fs. 1 de Expediente Nº49489 SG/17 por la totalidad de la contratación, se encuentra conformada por el Coordinador de Intendencia, C.P.N. Pablo Ismael Outes;

Que que se confeccionó el Acta de Certificación Final de Servicio -fs. 3 de Expediente Nº49489 SG/17 , en la cual consta que a los 26 días del mes de julio de 2017 se procedió a efectuar la constatación de la ejecución efectiva de las tareas en los sectores incluidos en la contratación, instrumento este que se encuentra suscripto por el Director General de Espacios Verdes, Lic. Shannon Oliver Iturrieta. Se habrían certificado y pagado trabajos que no fueron completados;

QUE, al no poder constatar la efectiva ejecución de estos últimos, el presunto daño patrimonial sería el correspondiente al pago de dicha contratación, cuyo monto asciende a la suma de Pesos: Trescientos Veintinueve Mil, Quinientos Cuarenta y Ocho, Cuarenta Centavos ($329.548,40.-);

QUE, respecto a los presuntos responsables, se resalta que la Memoria Técnica en la que se incluyó indebidamente el ítem 1 ya citado, fue aprobada por Resolución Nº006/17 -fs. 8 de Expediente Nº2093 SG/17-, y se encuentra firmada por el Secretario de Gobierno, Dr. Luis María García Salado;

Que por otro lado, la Memoria Técnica -fs. 9/39 de Expediente Nº2093 SG/17- fue firmada por el Subsecretario de Proyectos de Urbanismo, Arquitectura e Infraestructura, Arq. Facundo Ruiz de los Llanos;

Que respecto de la Factura Nº0002-00000010, de fecha 18/07/17 -v. fs. 1 de Expediente Nº49489 SG/17-, la misma se encuentra conformada por el Coordinador General de Intendencia, C.P.N. Pablo Outes, y responde al pago de la Contratación Directa Nº837/17;

Que el Acta de Certificación Final de Servicio -v. fs. de Expediente Nº49489 SG/17- se encuentra firmada por el Director General de Espacios Verdes, Lic. Shannon Oliver Iturrieta;

Que por último, como situación a considerar se resalta que al momento de la inspección realizada el 19-08-17, los trabajos no estaban ejecutados;

 QUE, en virtud de lo señalado, resulta de aplicación lo establecido por el artículo 48 – inc. d) de la Carga Municipal, arts. 12 inciso c), 29, 32 y| siguientes de la Ordenanza Nº5.552/89;

POR ELLO, EL TRIBUNAL DE CUENTAS MUNICIPAL RESUELVE:

ARTÍCULO 1º: ORDENAR la Instrucción de un Sumario Administrativo en instancia de este Órgano de Control Externo, conforme el procedimiento dispuesto en el Capítulo IX de la Ordenanza Nº5.552/89, por los motivos expuestos en los considerandos.-

ARTÍCULO 2º: REMITIR estos obrados a la Secretaría de Actuación, de acuerdo a lo estipulado por el artículo 7° del Reglamento de Sumarios, aprobado mediante Resolución T.C. N°1.719/00.- ARTÍCULO 3º: REGÍSTRESE, comuníquese y cúmplase.-

Fdo.: Dr. Jorge Martín Diez Villa, Presidente; C.P.N. Fernanda Yanakis, Vocal N° 4; C.P.N. Oscar Arnaldo Blasco, Vocal N° 5 y Dr ergio Gustavo Arnedo, Gerente Secretaria de Plenario Adjunta

Con todo esto, llama la atención la omisión de la comisión de Legislación General del Concejo Deliberante para dar tratamiento a los pedidos de informes ingresados.

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